5/29/2015

LEY N° 30025 de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y

de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remitió a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Técnico de Tasación correspondiente al predio identificado con Código TE-160, afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett ? Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao (en adelante, el Proyecto), en el cual se consigna como fecha
de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remitió a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Técnico de Tasación correspondiente al predio identificado con Código TE-160, afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett ? Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao (en adelante, el Proyecto), en el cual se consigna como fecha de tasación el 10 de enero de 2015; Que, la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE hace suyo el Informe Técnico N° 041-2015-RJQ y, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley N° 30025, identifica al sujeto pasivo de la expropiación; detalla la ubicación precisa del predio identificado con Código TE-160, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro de Predios de Lima y determina el valor total de tasación correspondiente al referido predio; Que, por Informe N° 145-2015-MTC/33.8, la Oficina de Asesoría Legal de la AATE concluye que, estando a lo señalado por la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que apruebe el valor total de tasación correspondiente al predio afectado por el Proyecto, recomendado que se prosiga con el trámite respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Valor Total de la Tasación Aprobar el Valor Total de Tasación correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett ? Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Notificación al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ? AATE notifique la presente Resolución al sujeto pasivo de la expropiación indicado en el Anexo de esta Resolución, conjuntamente con la oferta de adquisición correspondiente, conforme a lo dispuesto en el literal c) del numeral 5.4 y en el numeral 5.5
LEY N° 30025
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL
1 TE-160
MINISTERIO DE
TRANSPORTES
Y COMUNI-CACIONES
RUBEN
RAUL
MARCA
RAMIREZ
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS
DEL AREA TOTAL DE EDIFICACION:
? Por el frente: Colinda con la Av. 28 de Julio con 4.80 ml.
? Por la derecha: Colinda con la Propiedad de la Compañía de 16.40 ml.
? Por la izquierda: Colinda con la Propiedad de la Compañía con 16.40 ml.
? Por el Fondo: Colinda con la Propiedad de la Compañía de 4.80 ml.
ÁREA AFECTADA DIRECTAMENTE:

41.06 m2 (área que representa el porcentaje de participación sobre el terreno considerado como bien común, según lo establecido en el Informe Técnico de Tasación).
ÁREA AFECTADA DE LA EDIFICACION:

83.33 m2.

PARTIDA REGISTRAL No. 07052855
del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral Lima.

Informe Técnico N° 13951-2014-SUNARP-Z.R.No. IX/OC emitido por la Oficina de Catastro de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral Lima de SUNARP
S/. 533,768.41
VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE
A A-B 16.40 280687.6883 8665897.8663
B B-C 4.80 280689.9538 8665881.6236
C C-D 16.40 280685.1998 8665880.9605
D D-A 4.80 280682.9343 8665897.2033
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones

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