5/29/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2015-TR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2015-TR Lima, 27 de mayo de 2015 VISTOS: El Memorando N° 055-2015-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, el Informe N° 059-2015-TP/ DE/UGPYTOS-CFATEP, ambos de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 440-2015-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 169-2015-TP/ DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2015-TR
Lima, 27 de mayo de 2015
VISTOS: El Memorando N° 055-2015-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, el Informe N° 059-2015-TP/ DE/UGPYTOS-CFATEP, ambos de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 440-2015-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 169-2015-TP/ DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal;
el Oficio N° 268-2015-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Oficio N° 364-2015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 686-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema;
Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, por el cual se aprueba el Manual de Operaciones del Programa, establece que el referido objetivo se cumplirá a través del financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica intensiva en mano de obra no calificada (MONC), los cuales son presentados por los gobiernos regionales y locales en el ámbito de sus jurisdicciones;
Que, el artículo 7 del citado Manual, establece como una de las modalidades de acceso al financiamiento de proyectos para la generación de empleo temporal al Concurso de Proyectos; dicha modalidad comprende dos grupos con sus propias características: Primer Grupo:
Distritos Focalizados y Segundo Grupo: Departamentos Priorizados, conforme se establece en la Resolución Directoral N° 005-2015-TP/DE;
Que, mediante Resolución Directoral N° 033-2015-TP/DE, de fecha 01 de abril de 2015, se aprobó el financiamiento de S/. 16 623 091,18 (Dieciséis Millones Seiscientos Veintitrés Mil Noventa y Uno con 18/100
Nuevos Soles) correspondiente al Aporte Total del Programa a favor de organismos públicos, por un total de ciento cuarenta y cuatro (144) proyectos que fueron priorizados en el marco del Concurso de Proyectos Regulares ? Distritos Focalizados;
Que, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos determinó que diez (10) proyectos priorizados debían ser excluidos, por los siguientes argumentos: (i)
Tres (3) proyectos comunicaron expresa y tácitamente que no contaban con el cofinanciamiento de los proyectos; (ii) Cinco (5) proyectos no cumplieron con entregar el expediente técnico definitivo y/o el convenio suscrito; y (iii) Dos (2) proyectos de los cuales se verificó que un (1) convenio del proyecto con código SNIP N° 111757, tenía incompatibilidad en su documentación y el otro convenio de los proyectos con código SNIP N° 238099, no envío la documentación solicitada; por lo que los mismos no sería considerados en el trámite de la resolución ministerial que autorizaría la transferencia financiera, conforme se aprecia en el Memorando N° 055-2015-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de fecha 11
de mayo de 2015, y el Informe N° 059-2015-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, de fecha 13 de mayo de 2015;
Que, producto de la evaluación efectuada sólo correspondería aprobar la transferencia financiera de ciento treinta y cuatro (134) convenios por un importe total de S/. 15 576 278, 49 (Quince Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Ocho con 49/100
Nuevos Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco del Concurso de Proyectos Regulares ? Distritos Focalizados a fin de generar los empleos temporales previstos;
Que, el Presupuesto Inicial Asignado (PIA) por el Ministerio de Economía y Finanzas al Programa para su distribución en la modalidad de Concurso de Proyectos asciende a S/. 34 412 000,00 (Treinta y Cuatro Millones Cuatrocientos Doce Mil y 00/100
Nuevos Soles);
Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa aprobado por Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;
Que, mediante Memorando N° 440-2015-TP/DE/ UGPPME-CFPP, de fecha 12 de mayo de 2015, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación ha señalado que existe disponibilidad presupuestal por parte del Programa, conforme se observa en la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 0347-por el monto de S/.
15 780 235, 03 (Quince Millones Setecientos Ochenta Mil Doscientos Treinta y Cinco con 03/100 Nuevos Soles), por lo que resulta factible aprobar la citada transferencia del Programa a favor de los organismos públicos del sector público respecto de los convenios suscritos en el marco del Concurso de Proyectos Regulares ? Distritos Focalizados;
Que, mediante Informe N° 169-2015-TP/DE/UGAL
la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera por S/. 15 576 278, 49 (Quince Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Ocho con 49/100 Nuevos Soles) para financiar ciento treinta y cuatro (134) proyectos priorizados en el marco del Concurso de Proyectos Regulares ? Distritos Focalizados detallados en el Anexo Adjunto al Informe
N° 059-2015-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP;
Que, mediante Oficio N° 364-2015-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la transferencias financieras para el pago del aporte total del Programa de ciento treinta y cuatro (134) convenios en el marco del Concurso de Proyectos Regulares ? Distritos Focalizados, adjuntando el Informe Técnico N° 155-2015-MTPE/4/9.1
y el Informe N° 257-2015-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones y la Oficina de Presupuesto, respectivamente;
Que, el numeral v) del literal a) del inciso 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 686-2015-MTPE/4/8 sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;
Con las visaciones de la Viceministra (e) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente (e) de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, del Gerente de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", y del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y el numeral v) del literal a) del inciso 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de ciento treinta y cuatro (134) convenios en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2015
? Distritos Focalizados, por la suma total de S/. 15 576
278, 49 (Quince Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Ocho con 49/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.
trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
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