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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 182-2015-EF/52 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito
5/29/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 182-2015-EF/52 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito
Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio y la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, destinados a financiar proyectos de inversión pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 182-2015-EF/52 Lima, 26 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 361-2014-EF, publicado el 27 de diciembre de 2014, se aprobó la Operación de Endeudamiento Interno entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 66 148 157,00 (SESENTA Y SEIS MILLONES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 182-2015-EF/52
Lima, 26 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 361-2014-EF, publicado el 27 de diciembre de 2014, se aprobó la Operación de Endeudamiento Interno entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 66 148 157,00 (SESENTA Y SEIS
MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO
CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a financiar diez (10) Proyectos de Inversión Pública, que se mencionan en el acotado Decreto Supremo; siendo la unidad ejecutora de tales proyectos la Municipalidad Provincial de Andahuaylas;
Que, el artículo 5 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, los recursos de la citada operación de endeudamiento interno, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito con dicha Municipalidad, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial y en el que se establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones referidos a la atención del respectivo servicio de la deuda;
Que, el artículo 7 del indicado Decreto Supremo señala que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen la referida operación de endeudamiento interno y la operación de administración de deuda que se aprueban en los artículos 1 y 2 del mencionado Decreto Supremo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, señala que los pagos a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos de deuda generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fideicomiso; estableciéndose en dicha norma que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos se realice mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlo directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda;
Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF y el Decreto Supremo N° 361-2014-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 361-2014-EF y del servicio de la deuda derivada de la misma.
El mecanismo de pago a cargo de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la citada operación de endeudamiento interno, será mediante asignaciones financieras a que se refiere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF.
Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda la documentación necesaria para su implementación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
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