5/05/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 083-2015-RE Crean el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial que finalice

Crean el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial que finalice satisfactoriamente los trabajos y estudios multidisciplinarios necesarios para la presentación de la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar, de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DOALOS) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 083-2015-RE Lima, 4 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del Acuerdo por Intercambio de Notas
Crean el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial que finalice satisfactoriamente los trabajos y estudios multidisciplinarios necesarios para la presentación de la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar, de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DOALOS)
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 083-2015-RE
Lima, 4 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del Acuerdo por Intercambio de Notas de Contenido Idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador, de 2 de mayo de 2011, por el cual se establecen los límites marítimos entre ambos Estados, contempla que los dos países llevarán a cabo acciones conjuntas con miras al reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica;

Que, en la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica, de 23 de noviembre de 2012, se hace constar que el Golfo de Guayaquil, espacio comprendido entre la Puntilla de Santa Elena, en el Ecuador, y Punta Cabo Blanco, en el Perú, es una Bahía Histórica, así como que ambos Estados pondrían en conocimiento de la Organización de las Naciones Unidas dicha Declaración;

Que, en la Declaración Presidencial resultante del último Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, llevado a cabo en Arenillas, el 30 de octubre de 2014, los Jefes de Estado de ambos países dispusieron continuar los trabajos técnicos y estudios multidisciplinarios enmarcados en la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica;

Que, es imprescindible culminar los trabajos y estudios multidisciplinarios antes referidos para la presentación de la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar, de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DOALOS);

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 346, del Despacho Viceministerial, de 22 de enero de 2015; y el Memorándum (AJU) N.° AJU0014/2015, de la Asesoría Jurídica del Gabinete Especializado, de 21 de enero de 2015;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial que, junto con su similar del Ecuador, finalice satisfactoriamente los trabajos y estudios multidisciplinarios necesarios para la presentación de la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar, de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DOALOS).

Artículo 2.- El Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial estará conformado por representantes titulares y alternos de los siguientes sectores:
- Ministerio de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá;
- Ministerio de Defensa;
- Ministerio de Energía y Minas, incluyendo el Instituto Geológico Minero Metalúrgico (INGEMMET);
- Ministerio de la Producción, incluyendo el Instituto del Mar del Perú (IMARPE); y - Ministerio del Ambiente.

Los sectores mencionados en el presente artículo acreditarán, en el número que sea necesario para el cumplimiento de la labor encomendada, a sus representantes titulares y alternos, mediante comunicación escrita dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores, en un plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 3.- La Secretaría del Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial recaerá en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Los integrantes del Grupo de Trabajo informarán periódicamente y al término de su labor al Ministro de Relaciones Exteriores, a quien entregarán la revisión final de los trabajos y estudios realizados a efectos de la presentación de la Declaración Conjunta ante DOALOS.

Artículo 4.- Los integrantes del Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial tendrán reuniones periódicas entre sí y con sus pares ecuatorianos, ya sea de manera presencial o virtual. El funcionamiento del Grupo de Trabajo se realizará sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; sin embargo, los gastos que irroguen las reuniones celebradas fuera del país, entre el Grupo de Trabajo y su contraparte ecuatoriana, correrán por cuenta de los sectores a los que pertenezcan sus respectivos representantes.

Artículo 5.- Los trabajos técnicos y estudios multidisciplinarios para la presentación de la referida Declaración Conjunta ante DOALOS se completarán en el primer semestre de 2015.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, la Ministra de Energía y Minas, el Ministro de la Producción y el Ministro del Ambiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
ROSA MARIA ORTIZ RIOS
Ministra de Energía y Minas
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA
Ministro del Ambiente

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