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DECRETO SUPREMO N° 143-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
6/24/2015
DECRETO SUPREMO N° 143-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI DECRETO SUPREMO N° 143-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática y 038: Ministerio de la Producción; Que, el
DECRETO SUPREMO N° 143-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática y 038:
Ministerio de la Producción;
Que, el artículo 84 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) genera la información estadística necesaria para el seguimiento de los indicadores y evaluación de las intervenciones públicas en los ámbitos correspondientes a sus funciones y competencias, específicamente en los casos en que la información estadística no pudiera ser generada por los sistemas estadísticos propios de las entidades públicas y/o aquella vinculada a las intervenciones públicas priorizadas por la Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de la implementación del Presupuesto por Resultados;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza a los pliegos del Gobierno Nacional a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a su presupuesto, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), para ser destinados a la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del presupuesto por resultados, estableciendo que dicha modificación presupuestaria en el nivel institucional se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;
Que, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción mediante Memorando N° 822-2015-PRODUCE/DVMYPE-I y el Memorando N° 337-2015- PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR de la Dirección General de Políticas y Regulación, manifiestan la necesidad de realizar la "Encuesta Nacional de Empresas" señalando que permitirá contar con información estadísticamente representativa a nivel nacional y para distintos sectores productivos, necesaria para medir los indicadores de desempeño del Programa Presupuestal 0093: "Desarrollo Productivo de las Empresas" implementado en el marco del Presupuesto por Resultados, y la "Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera" indicando que permitirá contar con información estadísticamente representativa a nivel nacional y para distintos sectores productivos necesaria para medir los indicadores de desempeño del citado Programa Presupuestal relativos al producto 3000671: "Servicios e instrumentos para la Transferencia de Tecnología e Innovación en la MIPYME";
asimismo, en dichos documentos se precisa que el costo que irrogará la ejecución de las citadas encuestas asciende a la suma de CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA
Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 5 149 408,00), adjuntando para tal efecto el Informe N° 016-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR/DIPODEPROF/cpasachec de la Dirección de Políticas de Desarrollo Productivo y Formalización del citado pliego;
Que, mediante Informe N° 247-2015-PRODUCE/ OGPP-OP la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción señala que el pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001 Ministerio de la Producción, cuenta con los recursos en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de
CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
5 149 408,00), a fin de efectuar la transferencia de partidas a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), para financiar la realización de las encuestas: "Encuesta Nacional de Empresas" y "Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera", en el marco del artículo 15 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
en virtud de lo cual, mediante el Oficio N° 1170-2015-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Producción solicita dar trámite a la referida Transferencia de Partidas;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego 038: Ministerio de la Producción, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), hasta por la suma de
CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 149 408,00), para financiar la realización de las encuestas: "Encuesta Nacional de Empresas" y "Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera";
De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO
CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 149 408,00), del pliego 038: Ministerio de la Producción, a favor del pliego 002:
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), para financiar la "Encuesta Nacional de Empresas" y la "Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la Producción UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de la Producción PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093 : Desarrollo Productivo de las Empresas PRODUCTO 3000001 :AccionesComunes ACTIVIDAD 5005077 : Generación y Análisis de Información Productiva FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 4 651 817,00
PRODUCTO 3000671 : Servicios e Instrumentos para la Transferencia de Tecnología e Innovación en la MIPYME
ACTIVIDAD 5005090 : Desarrollo e Implementación de Instrumentos para la Transferencia Tecnológica y la Innovación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 497 591,00
------------------TOTAL EGRESOS 5 149 408,00
==========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001972 : Encuesta de Empresas y Establecimientos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 4 987 808,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 161 600,00
-------------------TOTAL EGRESOS 5 149 408,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Producción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
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