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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 081-2015-CONCYTEC-P Aprueban transferencia financiera y otorgamiento

Aprueban transferencia financiera y otorgamiento de subvención a favor de entidades públicas y persona jurídica RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 081-2015-CONCYTEC-P Lima, 18 de junio de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 03-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Oficio N° 210--FONDECYT-DE,
Aprueban transferencia financiera y otorgamiento de subvención a favor de entidades públicas y persona jurídica
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 081-2015-CONCYTEC-P
Lima, 18 de junio de 2015
VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 03-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Oficio N° 210--FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva (e) del FONDECYT , el Informe N° 162--CONCYTEC-OGPP , de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC y el Informe N° 143--CONCYTEC-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos N° 058-2011-PCM y N° 067-2012-PCM;

Que, a través de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificada por la Ley N° 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera;

Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015;

Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resolución de Presidencia N° 064-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 002--CONCYTEC-OGPP
"Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", cuya finalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final;

Que, mediante Oficio N° 210-2015-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita aprobar las transferencias financieras por la suma de Ciento Setenta y Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 178,349.00), y el otorgamiento de subvención a favor de una persona jurídica privada, por la suma de Veintiocho Mil Quinientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 28,555.00), generando un monto total de Doscientos Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100
Nuevos Soles (S/. 206,904.00), para los ganadores del Esquema Financiero EF 011 "Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos 2015" Convocatoria ? II, así como para los ganadores del Esquema Financiero EF 012 "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015" Convocatoria -II, los cuales fueron declarados ganadores mediante las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 065 y N° 064
-2015-FONDECYT, respectivamente;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT adjunta a su Oficio N° 210-2015-FONDECYT -DE, el Informe Técnico Legal N° 03-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, que determina la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones por un monto total de Doscientos Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/.

206,904.00), de los cuales la suma de Ciento Setenta y Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S./ 178,349.00), corresponde a la transferencia financiera que se efectuará a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos - Facultad de Química e Ingeniería Química (S/. 38,500.00), al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (S/. 70.000.00), al Instituto Geofísico del Perú - IGP (S/. 49,977.00) y a la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/. 19,872.00); y la suma de Veintiocho Mil Quinientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 28,555.00) corresponde al otorgamiento de subvención que se efectuará a la Universidad Católica de Santa María; asimismo, se adjuntan los Certificados de Créditos Presupuestarios N° 0000000289 y N° 0000000290, las Resoluciones de Dirección Ejecutiva del FONDECYT N° 064 y N° 065-2015-FONDECYT-DE y copias de los Convenios de Subvención N° 051, N° 052, N° 053, N° 054 y N° 055-2015-FONDECYT;

Que, mediante Informe N° 162-2015-CONCYTEC-OGPP , el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que se ha verificado lo informado por la Unidad Ejecutora FONDECYT, concluyendo que las transferencias financieras y el otorgamiento de subvención a una persona jurídica privada solicitados por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal por la suma de Doscientos Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 206,904.00);

Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000289 y N° 0000000290
de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, se financiará el Esquema Financiero EF 011 "Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos 2015" Convocatoria - II, y el Esquema Financiero EF 012 "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015" Convocatoria 2015
? II;

Que, con el Informe N° 143-2015-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal N° 03-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES emitido por el FONDECYT, y en el informe presupuestal de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Literal a.1) del Numeral 4.2 de la Directiva
N° 002--CONCYTEC-OGPP;

Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvención a favor de persona jurídica privada solicitados por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, hasta por la suma de Doscientos Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/.

206,904.00);

Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Evaluación y Selección del FONDECYT, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT
y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, y en la Directiva N° 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada por Resolución de Presidencia N° 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resolución de Presidencia N° 064-2015-CONCYTEC-P;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvención a favor de persona jurídica privada, por la suma de Doscientos Seis Mil Novecientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 206,904.00), en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, conforme al detalle siguiente:

N° Tipo de financiamiento Institución Monto aprobado
S/.

1
Transferencia financiera (entidad pública)
Universidad Nacional Mayor de San Marcos - Facultad de Química e Ingeniería Química 38,500.00
178,349.00 Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC
70,000.00
Instituto Geofísico del Perú - IGP 49,977.00
Universidad Nacional Agraria La Molina 19,872.00
2
Subvención (persona jurídica privada)
Universidad Católica de Santa María 28,555.00 28,555.00
Monto Total S/. 206,904.00
Artículo 2°.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA
Presidente
Organismos Ejecutores, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica

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