6/25/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2015-MIMP Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2015-MIMP Lima, 24 de junio de 2015 Vistos, el Oficio N° 556-2015-SERVIR/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 034-2015-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 075-2015-MIMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 606-2015-MIMP/ OGRH
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2015-MIMP
Lima, 24 de junio de 2015
Vistos, el Oficio N° 556-2015-SERVIR/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 034-2015-SERVIR/GDSRH
de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 075-2015-MIMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 606-2015-MIMP/ OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorando N° 350-2015-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 09-2015-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ? MIMP determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica;

Que, con Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ? MIMP, así como su correspondiente Organigrama Estructural;

Que, con Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal ? CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ? MIMP, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y en concordancia con lo establecido en el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 276-2012-MIMP, que posteriormente fue reordenado mediante Resolución Ministerial N° 267-2013-MIMP;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2015-MIMP, publicado el 12 de mayo de en el diario oficial "El Peruano", se modificó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ? MIMP, así como su Organigrama Estructural;

Que, con la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se señala que mediante Directiva de SERVIR
se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades y con la Única Disposición Complementaria Derogatoria del citado Reglamento se derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del cuadro para asignación de personal ?CAP, así como su modificatoria, el Decreto Supremo N° 105-2013-PCM;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N° 001-2014-SERVIR-GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", con la finalidad de establecer los lineamientos generales y reglas básicas para que las entidades del Sector Público puedan aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, la cual posteriormente fue modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE;

Que, el numeral 4.3 de la citada Directiva señala que si durante el proceso de implementación de la Ley N° 30057, una norma sustantiva ordena la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su Cuadro para Asignación de Personal ? CAP vigente mediante un CAP Provisional en un plazo de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la norma publicada;

Que, el subnumeral 5.5.2 del numeral 5.5 de la referida Directiva, establece que la aprobación del CAP
Provisional, para el caso de Gobierno Nacional, que incluye entre otros, a los Ministerios como el MIMP, será a través de Resolución Ministerial del Titular del Sector, previo Informe Técnico de Aprobación que emita la Autoridad Nacional del Servicio CIVIL ? SERVIR;

Que, la Oficina General de Recursos Humanos, en el marco de sus competencias, ha elaborado el CAP
Provisional del MIMP, así como el Informe Técnico que lo sustenta, en atención a lo establecido en la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidades", aprobada Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE;

Que, con Memorando N° 350-2015-MIMP/OGPP del 4 de junio de 2015, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hizo suyo el Informe N° 09-2015-MIMP/ OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, el cual concluye señalando, entre otros aspectos, que la propuesta formulada por la Oficina General de Recursos Humanos considera una distribución o asignación razonable de los cargos existentes en las unidades orgánicas del MIMP , lo que es concordante con la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y la denominación de los cargos previstos en el Manual de Cargos Clasificados del MIMP, aprobado por Resolución Ministerial N° 276-2012-MIMP, razón por la cual emite su opinión técnica favorable para continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, mediante Informe N° 034-2015-SERVIR/GDSRH
del 18 de junio de 2015, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ? SERVIR ha emitido opinión técnica favorable al Proyecto de Cuadro para Asignación de Personal (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ? MIMP;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MIMP, en concordancia con su estructura orgánica vigente;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1098 ? Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificado por el Decreto Supremo N° 002-2015-MIMP, el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE ;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ? MIMP, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables

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