6/20/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2015-VIVIENDA Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de

Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Vivienda Rural - PNVR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2015-VIVIENDA Lima, 18 de junio de 2015 VISTOS, el Memorándum N° 226-2015-VIVIENDA/ VMVU-PNVR del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural, el Informe Técnico Legal N° 014-2015-MVCS-PNVR, el Informe Técnico Legal N° 17-2015-MVCS/ VMVU/PNVR/APSE, el Memorándum N° 1536-2015/ VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 090-2015/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento
Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Vivienda Rural - PNVR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2015-VIVIENDA
Lima, 18 de junio de 2015
VISTOS, el Memorándum N° 226-2015-VIVIENDA/ VMVU-PNVR del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural, el Informe Técnico Legal N° 014-2015-MVCS-PNVR, el Informe Técnico Legal N° 17-2015-MVCS/ VMVU/PNVR/APSE, el Memorándum N° 1536-2015/ VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 090-2015/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo se establece, que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen;

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento disponen que la citada Entidad es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, el cual comprende las materias de Vivienda, Construcción, Saneamiento, Urbanismo y Desarrollo Urbano, Bienes Estatales, y Propiedad Urbana;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2012-VIVIENDA, se creó el Programa de Apoyo al Hábitat Rural (PAHR), con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población pobre y extremadamente pobre asentada en los centros poblados rurales o asentada de manera dispersa, mediante acciones de dotación o mejoramiento de la unidad habitacional; así como, de acercamiento de los servicios de infraestructura y de equipamiento a la población;

Que, por Decreto Supremo N° 016 -2013-VIVIENDA
se constituye el Programa Nacional Tambos ? PNT, adscrito al MVCS, como plataforma de prestación de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la población rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de vida, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias;

Que, la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del mencionado Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA, modifica los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 001-2012-VIVIENDA, y crea el Programa Nacional de Vivienda Rural ? PNVR, con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población pobre y extremadamente pobre asentada en los centros poblados rurales o asentada de manera dispersa, mediante acciones de dotación o mejoramiento de la unidad habitacional;

Que, la T ercera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA establece que, en el Decreto Supremo N° 001-2012-VIVIENDA, así como en las normas y documentos de gestión relacionados con el citado decreto, se sustituirá la denominación "Programa de Apoyo al Hábitat Rural - PAHR", por el "Programa Nacional de Vivienda Rural - PNVR";

Que, por Resolución Ministerial N° 176-2012-VIVENDA
se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Apoyo al Hábitat Rural - PAHR hoy PNVR;

Que, de acuerdo a lo previsto en los artículos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, los Programas y Proyectos contarán con un Manual de Operaciones que defina sus funciones, y de ser el caso, su estructura orgánica; y tendrá como mínimo la siguiente información: a) Descripción, incluyendo el objetivo, la descripción y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades, respecto del Programa o Proyecto; b) Organización, funciones y responsabilidades; c) Procesos principales, como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación, desembolsos, según corresponda; y, d) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda;

Que, con Memorándum N° 226-2015-VIVIENDA/VMVU-PNVR, el Director Ejecutivo del PNVR, en mérito a los fundamentos técnicos y legales contenidos en el Informe Técnico Legal N° 014-2015-MVCS-PNVR y en el Informe Técnico Legal N° 17-2015-MVCS/VMVU/PNVR/APSE, remite el proyecto de Manual de Operaciones del PNVR, para su aprobación;

Que, mediante Memorándum N° 1536-2015/VIVIENDA-OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe N° 090-2015/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable respecto a la aprobación del Manual de Operaciones del
PNVR;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Operaciones del PNVR, a efectos de establecer sus correspondientes funciones y estructura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 001-2012-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA y el Decreto Supremo N°043-2006-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Vivienda Rural - PNVR, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que consta de cinco (05) Títulos y treinta y tres (33) artículos, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogatoria de la Resolución Ministerial
N° 176-2012-VIVIENDA
Derogar la Resolución Ministerial N° 176-2012-VIVIENDA que aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Apoyo al Hábitat Rural - PAHR.

Artículo 3.- Publicación Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento

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