7/17/2015

DECRETO SUPREMO N° 022-2015-EM Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y

Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z - 33 DECRETO SUPREMO N° 022-2015-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM,
Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z - 33
DECRETO SUPREMO N° 022-2015-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, el artículo 12° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11° de la mencionada Ley;

Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2004-EM, de fecha 19 de julio de 2004, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-33, ubicado en el zócalo continental frente a la costas de las provincias de Lima y Cañete del departamento de Lima y Chincha del departamento de Ica, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PETRO-TECH PERUANA S.A.;

Que, mediante escritura pública de cambio de denominación social y modificación parcial de estatuto social, de fecha 17 de diciembre de 2009, otorgada por el Notario Público de Lima, Aníbal Corvetto Romero, se estableció que la Junta General de Accionistas, llevada a cabo el 09 de diciembre de 2009, decidió variar la razón social de PETRO-TECH PERUANA S.A. por SAVIA PERU
S.A., cambio inscrito en el Asiento B00004 de la Partida N° 00225762 del Registro Público de Personas Jurídicas;

Que, mediante Carta N° CEO-000049-2015, de fecha 12
de febrero de 2015, SAVIA PERU S.A. solicitó la extensión del plazo de la fase de exploración del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-33, por tres (03) años adicionales, a efectos de ejecutar la perforación de un (01) pozo exploratorio;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N° 033-2015, de fecha 22 de abril de 2015, aprobó el Proyecto de Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-33, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1°.- De la Aprobación de la Modificación del contrato Aprobar la Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-33, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2004-EM, a fin de extender el plazo de la fase de exploración por tres (03) años.

Artículo 2°.- De la Autorización para suscribir la Modificación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con SAVIA
PERU S.A. la Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-33, que se aprueba en artículo 1°.

Artículo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas

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