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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0192-2015-JUS Autorizan transferencia financiera a favor de diversos
7/19/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0192-2015-JUS Autorizan transferencia financiera a favor de diversos
Autorizan transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para financiar proyectos y actividades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0192-2015-JUS Lima, 17 de julio de 2015 VISTOS, el Oficio N° 988-2015-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional-CMAN; el Informe N° 0041-2015-JUS/ OPRE, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0192-2015-JUS
Lima, 17 de julio de 2015
VISTOS, el Oficio N° 988-2015-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional-CMAN; el Informe N° 0041-2015-JUS/ OPRE, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 364-2015-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones- PIR, en adelante, la Ley, establece el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones -PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación;
Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28592, en adelante el Reglamento, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos del Programa Integral de Reparaciones ? PIR, que tiene la finalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia consideradas como tales en la Ley, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos, propender a la reconciliación nacional;
Que, de acuerdo con el artículo 25° del Reglamento, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico?productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia;
Que, mediante Decreto Supremo N° 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional ? CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, conforme a lo establecido en el acápite iv) del literal a) del inciso 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza de manera excepcional transferencias financieras para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ? PIR, la mismas que se efectúan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante documento de vistos, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN, solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe una transferencia a fin de financiar catorce (14)
convenios suscritos con Gobiernos Locales en el marco del PIR, señalando además que dichos convenios no contienen proyectos que se encuentren enmarcados en el Sistema Nacional de Inversión Pública ? SNIP;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante documento de vistos, emite opinión favorable informando que la citada transferencia cuenta con el presupuesto correspondiente, hasta por el monto de S/. 1 400
000,00 (Un Millón Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles);
Contando con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional ? CMAN; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad por lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ? PIR y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2006-JUS; y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorízase una transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de Un Millón Cuatrocientos Mil y 00/100
Nuevos Soles (S/. 1 400 000,00) a favor de los Gobiernos Locales para financiar proyectos/actividades, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de financiamiento: 00
0 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administración; Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional:
0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 050 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, específicas del gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local ? Gastos Corrientes: Un Millón Cuatrocientos Mil y 00/100
Nuevos Soles (S/. 1 400 000,00).
Artículo 3°.- La transferencia financiera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo de la presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- En el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan.
Los Gobiernos Locales que no cuenten con Portal Institucional publicarán la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido.
Artículo 5°.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional -CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3° de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos/actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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