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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 461-2015/MINSA Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director
7/31/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 461-2015/MINSA Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director
Disponen la prepublicacion del Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III nivel de atencion, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 461-2015/MINSA Lima, 30 de julio del 2015 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 559, Ley de Trabajo Medico, establece en su articulo 19 que "Las Jefaturas y Direcciones seran cubiertas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 461-2015/MINSA
Lima, 30 de julio del 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 559, Ley de Trabajo Medico, establece en su articulo 19 que "Las Jefaturas y Direcciones seran cubiertas
unicamente por concurso; su desempeno debera ser sometido a ratificacion periodica y su ejercicio es a tiempo completo";
Que, en desarrollo de dicha disposicion, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-SA se aprobaron el Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, y el Reglamento de Concurso para el cargo de Jefaturas de Departamentos y Servicios de los Institutos Especializados, Hospitales y Centros de Salud;
Que, el Sindicato de Enfermeras del Ministerio de Salud (SINEMINSA) interpuso demanda de Accion Popular a fin que se derogue parcialmente el Decreto Supremo Nº 011-2002-SA, aduciendo que el mismo transgrede la Ley Nº 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera (o), al impedir en el articulo 12, que el profesional de la salud de la rama de Enfermeria postule a ocupar el cargo de Director de un Hospital o Instituto Especializado, puesto que los requisitos estan dirigidos exclusivamente para los profesionales medicos cirujanos, lo que contraviene el articulo 9 de la Ley Nº 27669;
Que, mediante Sentencia emitida el 9 de junio de 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto de 2012, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro fundada la demanda de Accion Popular interpuesta por el Sindicato de Enfermeras del Ministerio de Salud (SINEMINSA);
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, se establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, segun lo senala la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, que tiene a su cargo la formulacion, direccion y gestion de la politica nacional de salud y es la maxima autoridad en materia de salud. Asimismo, el articulo 5 de la citada norma, senala las funciones rectoras del Ministerio, entre las cuales se establece en su literal b), la de dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, la gestion de los recursos del sector; asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalizacion, sancion y ejecucion coactiva en las materias de su competencia;
Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 423-2015/ MINSA, se dispuso la pre publicacion del Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III nivel de atencion, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas, privadas y de la ciudadania en general, durante el plazo de cinco (5) dias habiles, considerando que el ambito de aplicacion del citado reglamento sera a nivel nacional y que podra ser utilizado referencialmente por las demas entidades publicas del Sistema de Salud;
Que, sin embargo, los organos tecnicos del Ministerio de Salud han considerado que a efectos de asegurar la participacion organizada de los diversos actores que intervienen en el Sector Salud, asi como la ciudadania en general, resulta necesario disponer que los mismos cuenten con mayor tiempo para remitir sus sugerencias y comentarios;
Que, dicha accion permitira que los procedimientos contenidos en el Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III nivel de atencion observen los principios de meritocracia e igualdad de oportunidades, siendo ello concordante con lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 13 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, que dispone que los proyectos de reglamento se publican en el portal electronico de las entidades del Sector Publico con un minimo de cinco (5) dias calendario para la recepcion de aportes;
Con el visado del Director General de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Publica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA
y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud efectue la pre publicacion del Proyecto de Reglamento de Concurso para el Puesto de Director de Establecimientos de Salud del II y III
nivel de atencion, en la seccion de normas legales del Portal Institucional (http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.
aspfiop=115) y en el enlace de documentos en consulta (http://www.minsa.gob.pe/index.aspfiop=10), a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas, privadas y de la ciudadania en general, durante el plazo de quince (15) dias habiles a traves del correo webmaster@minsa.gob.pe.
Articulo 2.- Encargar a la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, la recepcion, procesamiento y sistematizacion de las sugerencias y comentarios que se presenten.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ANIBAL VELASQUEZ VALDIVIA
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