7/31/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 040-2015-EM Otorgan concesión definitiva a favor de Sociedad Minera Cerro

Otorgan concesion definitiva a favor de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en linea de transmision ubicada en el departamento de Lambayeque RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2015-EM Lima, 30 de julio de 2015 VISTO: El Expediente Nº 14360715 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentado por Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. (en adelante, SMCV), persona juridica inscrita en la Partida
Otorgan concesion definitiva a favor de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en linea de transmision ubicada en el departamento de Lambayeque
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2015-EM
Lima, 30 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 14360715 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentado por Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. (en adelante, SMCV), persona juridica inscrita en la Partida Nº 11386053 del Registro de Personas Juridicas, Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta Nº SMCV-VAC-GL-482-2015
ingresada con registro Nº 2481642 de fecha 17 de marzo de 2015, SMCV solicito la concesion definitiva para realizar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 220 kV S.E. Recka - S.E.

Reque, ubicada en el distrito Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente;

Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 382-2014-MEM/DGAAM de fecha 25 de julio de 2014, la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas, aprobo a favor de SMCV, el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Central Termica "Recka" de 181,3 MW y Linea de Transmision de 220 kV, ubicado en el distrito de Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque;

Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº
009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion;

Que, la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 235-2015-MEM/DGE-DCE, recomendando otorgar la concesion de transmision;

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas;

Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energia;

SE RESUELVE:

Articulo 1.- Otorgar a favor de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 220 kV S.E. Recka - S.E. Reque, ubicada en el distrito Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3 de la presente Resolucion.

Articulo 2.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son las siguientes:

Salida/Llegada de la Linea Transmision Tension (kV)
Nº de Ternas Longitud (km)
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)
S.E. RECKA - S.E. REQUE 220 01 1,8 25
Articulo 3.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 474-2015 a suscribirse entre el Ministerio de Energia y Minas y Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., el cual consta de 19
clausulas y 04 anexos.

Articulo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representacion del Estado, el Contrato de Concesion, aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente.

Articulo 5.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el Contrato de Concesion Nº 474-2015 referido en el articulo 3 de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.

Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme a lo previsto en el articulo 53 del acotado Reglamento.

Articulo 7.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Energia y Minas.

Registrese, comuniquese y publiquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica
ROSA MARIA ORTIZ RIOS
Ministra de Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas

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