7/31/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2015-EM Aprueban la Séptima Modificación al Contrato de Concesión N°

Aprueban la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Nº 198-2002, con relacion a la Concesion Definitiva de Generacion de la Central Hidroelectrica Quitaracsa I RESOLUCION SUPREMA Nº 039-2015-EM Lima, 30 de julio de 2015 VISTO: El Expediente Nº 11077297 sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Quitaracsa I; y la solicitud de la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Nº 198-2002 (en adelante, el CONTRATO), presentada
Aprueban la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Nº 198-2002, con relacion a la Concesion Definitiva de Generacion de la Central Hidroelectrica Quitaracsa I
RESOLUCION SUPREMA Nº 039-2015-EM
Lima, 30 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 11077297 sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Quitaracsa I; y la solicitud de la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Nº 198-2002 (en adelante, el CONTRATO), presentada por ENERSUR S.A.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 023-2002-EM, publicada el 13 de junio de 2002, se otorgo a favor de S&Z Consultores Asociados S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Quitaracsa I, con una potencia instalada de 112 MW, y se aprobo el CONTRATO, elevado a Escritura Publica el 13 de noviembre de 2002;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 017-2004-EM, publicada el 15 de marzo de 2004, se aprobo la transferencia de la concesion referida en el considerando que antecede, efectuada por S&Z Consultores Asociados S.A. a favor de Quitaracsa S.A. Empresa de Generacion Electrica;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 002-2005-EM, publicada el 9 de enero de 2005, se aprobo la Primera Modificacion al CONTRATO, modificandose el diseno de la Central Hidroelectrica Quitaracsa I, su presupuesto y el Cronograma de Ejecucion de las Obras;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 075-2005-EM, publicada el 3 de diciembre de 2005, se aprobo la Segunda Modificacion al CONTRATO, modificandose nuevamente el Cronograma de Ejecucion de las Obras;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 042-2007-EM, publicada el 24 de octubre de 2007, se aprobo la Tercera Modificacion al CONTRATO, modificandose una vez mas el presupuesto y el Cronograma de Ejecucion de las Obras;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 029-2009-EM, publicada el 22 de mayo de 2009, se suspendio el procedimiento de caducidad de la citada concesion y se aprobo la Cuarta Modificacion al CONTRATO, a fin de incorporar el Calendario Garantizado de Ejecucion de Obras, debiendo iniciarse las obras en febrero de 2011, y su operacion comercial en octubre de 2014;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 005-2010-EM, publicada el 03 de febrero de 2010, se aprobo la transferencia de la concesion a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion, efectuada por Quitaracsa S.A. Empresa de Generacion Electrica a favor de ENERSUR S.A.;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 088-2011-EM, publicada el 06 de noviembre de 2011, se aprobo la Quinta Modificacion al CONTRATO, a fin de ampliar el area de concesion, incorporar nuevos planos del proyecto y variar el presupuesto de las obras;

Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 006-2014-EM, publicada el 26 de enero de 2014, se aprobo la Sexta Modificacion al CONTRATO, a fin de modificar el Calendario Garantizado de Ejecucion de Obras, estableciendose como fecha para la Puesta en Operacion Comercial de la Central Hidroelectrica Quitaracsa I hasta abril de 2015;

Que, mediante la Carta Nº QUIT1-C-ENS-MEM-070
ingresada con registro Nº 2382298 de fecha 08 de abril de 2014, complementada con las Cartas Nº QUIT1-C-ENS-MEM-073, Nº QUIT1-C-ENS-MEM-084, Nº QUIT1-C-ENS-MEM-085, Nº QUIT1-C-ENS-MEM-086, Nº
QUIT1-C-ENS-MEM-087 y Nº QUIT1-C-ENS-MEM-093, ingresadas con registros Nº 2392404, Nº 2459627, Nº
2460209, Nº 2465498, Nº 2468984 y Nº 2478469, de fechas 13 de mayo, 26 y 29 de diciembre de 2014, 16
y 30 de enero y 06 de marzo de 2015, respectivamente, ENERSUR S.A. solicito la Septima Modificacion al CONTRATO, con la finalidad de ampliar el area de concesion de la Central Hidroelectrica Quitaracsa I para su campamento, modificar algunos de sus componentes y postergar la fecha de la Puesta en Operacion Comercial de abril a agosto de 2015;

Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 268-2015-MEM/DM de fecha 27 de mayo de 2015, se califico como fuerza mayor las razones invocadas por ENERSUR S.A.
en su documento ingresado con el Registro Nº 2478469;

Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, y contando con la opinion a que se refiere el Informe Nº 288-2015-MEM/ DGE-DCE, corresponde aprobar la Septima Modificacion al CONTRATO en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas;

Estando a lo dispuesto en el segundo parrafo del articulo 53 y el articulo 54 del citado Reglamento;

Con la opinion favorable del Directora General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas;

SE RESUELVE:

Articulo 1.- Aprobar la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Nº 198-2002, en los aspectos referidos a las Clausulas Primera y Sexta y los Anexos Nº 2 y Nº 4, con relacion a la Concesion Definitiva de Generacion de la Central Hidroelectrica Quitaracsa I, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representacion del Estado, la Minuta de la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Definitiva Nº 198-2002, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente.

Articulo 3.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que origine la Septima Modificacion al Contrato de Concesion Definitiva Nº 198-2002.

Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al Concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.

Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Energia y Minas.

Registrese, comuniquese y publiquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica
ROSA MARIA ORTIZ RIOS
Ministra de Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas

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