8/26/2015

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 034-2015-SUNASS-CD Modifican la Directiva "Pago de Aporte por

Modifican la Directiva "Pago de Aporte por Regulación", aprobada por Res. Nº 038-2011-SUNASS-CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 034-2015-SUNASS-CD Lima, 21 de agosto de 2015 VISTO: El Informe Nº 019-2015-SUNASS-100, elaborado por la Gerencia de Políticas y Normas, el cual contiene la propuesta de "Derogación del tercer párrafo del numeral 6.2 del acápite 6 denominado "Forma de Cálculo y Procedimiento de Transferencia" de la Directiva "Pago de Aporte por Regulación", aprobada por Resolución de Consejo
Modifican la Directiva "Pago de Aporte por Regulación", aprobada por Res. Nº 038-2011-SUNASS-CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 034-2015-SUNASS-CD
Lima, 21 de agosto de 2015
VISTO:

El Informe Nº 019-2015-SUNASS-100, elaborado por la Gerencia de Políticas y Normas, el cual contiene la propuesta de "Derogación del tercer párrafo del numeral 6.2 del acápite 6 denominado "Forma de Cálculo y Procedimiento de Transferencia" de la Directiva "Pago de Aporte por Regulación", aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2011-SUNASS-CD, y su correspondiente exposición de motivos;

CONSIDERANDO:

Que, el primer párrafo del literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por /H\1ƒ\PRGL¿FDGDSRU/H\1ƒ HQDGHODQWH LMOR) faculta a los organismos reguladores -dentro de los cuales se encuentra la SUNASS- a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;

Que, el artículo 10º de la LMOR señala que los Organismos Reguladores recaudarán de las empresas y entidades bajo su ámbito, un aporte por regulación, el cual no podrá exceder del 1% (uno por ciento) del valor de la facturación anual, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, de estas empresas;

Que, el literal a) del artículo 64 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM (en adelante Reglamento General), dispone que los ingresos por concepto de aporte por regulación constituyen recursos propios de la SUNASS;

Que, el artículo 65 del Reglamento General señala que el Consejo Directivo de la SUNASS es el encargado de establecer la forma y oportunidad de pago del aporte por regulación;

Que, en este contexto, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2011-SUNASS-CD se aprobó la Directiva "Pago de Aporte por Regulación" (en adelante Directiva), la cual tiene por objetivo establecer los criterios para lograr la correcta aplicación y el control de la recaudación del aporte de regulación;

Que, el tercer párrafo del numeral 6.2 del acápite 6 denominado "Forma de Cálculo y Procedimiento de Transferencia" de la Directiva, excluye de la base de cálculo del aporte por regulación al concepto establecido en el Decreto Legislativo Nº 148, Normas sobre la aprobación y cobro de tarifas por la Empresa de Saneamiento de Lima;

Que, mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1185, publicado el 16 de agosto de 2015, se derogó expresamente el Decreto Legislativo Nº 148;

Que, teniendo en consideración la derogación antes mencionada, corresponde adecuar el marco normativo referido al pago de aporte por regulación de la SUNASS
y, en consecuencia, derogar a su vez el tercer párrafo del numeral 6.2 del acápite 6 denominado "Forma de Cálculo y Procedimiento de Transferencia" de la Directiva, que hace mención al Decreto Legislativo Nº 148;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general (aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS), como la derogatoria del tercer párrafo del numeral 6.2 de la Directiva no implica la emisión de una nueva regulación que amerite los comentarios de los interesados, sino que se trata únicamente de una adecuación a la normativa vigente, resulta innecesaria realizar la publicación previa;

En atención a lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Políticas y Normas, Asesoría Jurídica y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 19 de agosto de 2015;

HA RESUELTO:

Artículo 1º.- Derogar el tercer párrafo del numeral 6.2 del acápite 6 denominado "Forma de Cálculo y Procedimiento de Transferencia" de la Directiva "Pago de Aporte por Regulación", aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2011-SUNASS-CD.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente UHVROXFLyQHQHOGLDULRR¿FLDO(O3HUXDQRODFXDOHQWUDUi en vigencia al día siguiente de su publicación.

Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución, exposición de motivos y el Informe Nº 019-2015-SUNASS-100, en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).

Regístrese, publíquese y difúndase.

FERNANDO MOMIY HADA
Presidente del Consejo Directivo

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