8/07/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 144-2015-JUS

RESOLUCION SUPREMA Nº 144-2015-JUS Lima, 6 de agosto de 2015 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 110-2015/COE-TC, del 22 de junio de 2015, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MIGUEL ANTONIO VASQUEZ LLERENA, formulada por el Primer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia del Santa; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico

RESOLUCION SUPREMA Nº 144-2015-JUS
Lima, 6 de agosto de 2015
VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 110-2015/COE-TC, del 22
de junio de 2015, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MIGUEL ANTONIO
VASQUEZ LLERENA, formulada por el Primer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia del Santa;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, en merito a estas atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 11
de diciembre de 2014, aclarada por Resolucion del 15 de abril del 2015, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MIGUEL ANTONIO VASQUEZ
LLERENA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Familia - Omision de Asistencia Familiar, en agravio de su hija (Expediente Nº 152-2014);

Que, el literal a) del articulo 28º de las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradicion y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente;

Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 110-2015/COE-TC, del 22 de junio de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion activa;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial;

De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo Nº 070-2011-RE del 02
de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011, 558813 NORMAS LEGALES
Viernes 7 de agosto de 2015
El Peruano / que eleva de 60 dias a 80 dias el plazo para presentar el cuaderno de extradicion;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MIGUEL ANTONIO VASQUEZ
LLERENA, formulada por el Primer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia del Santa y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Familia - Omision de Asistencia Familiar, en agravio de su hija, y disponer su presentacion por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Registrese, comuniquese y publiquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica
GUSTAVO ADRIANZEN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
ANA MARIA SANCHEZ DE RIOS
Ministra de Relaciones Exteriores
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos

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