9/12/2015

DECRETO SUPREMO N° 252-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre DECRETO SUPREMO Nº 252-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria y 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; Que,
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
DECRETO SUPREMO Nº 252-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 163:

Instituto Nacional de Innovación Agraria y 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento recursos por operaciones oficiales de crédito considerados en el artículo 1 de la referida Ley, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplica el mecanismo de aprobación legal establecido en el numeral 4.1 del citado artículo, el cual señala que su aprobación se efectúa mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 231-2012-EF
se aprobó una operación de endeudamiento externo acordado con la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y
00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 20 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana", a ser ejecutado por la Unidad Ejecutora Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 354-2013-EF se aprobaron dos operaciones de endeudamiento externo acordados con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF , cada una hasta por la suma de CUARENT A
MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$
40 000 000,00), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria", a ser ejecutado por la Unidad Ejecutora Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA del pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria;

Que, mediante Oficio Nº 496-2015-SERFOR-SG, el Secretario General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre solicita la habilitación de recursos presupuestales del pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la contrapartida correspondiente al primer desembolso del préstamo de endeudamiento del "Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana", el mismo que comprende la ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública, financiados parcialmente con recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo acordado con la Corporación Andina de Fomento - CAF;

Que, el pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, mediante Oficio Nº 603-2015-INIA-J/ OPP, hace de conocimiento que cuenta con marco presupuestal disponible en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de su presupuesto institucional del año fiscal 2015, hasta por la suma de TRES
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000
000,00), recursos que son habilitados de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA, con la finalidad de ser destinados a atender el requerimiento del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante Informe Nº 241-2015-MINAGRI-OPRES/OGPP , emite opinión favorable a la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00), del pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, a favor del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para financiar la ejecución del "Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana"; en virtud de lo cual, mediante Oficio Nº 1467-2015-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita la aprobación de la referida transferencia de recursos;

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00) del pliego 163:

Instituto Nacional de Innovación Agraria, a favor del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para financiar la contrapartida correspondiente a la ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública del "Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 163:

Instituto Nacional de Innovación Agraria
UNIDAD EJECUTORA 019:

Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN
PRODUCTOS
PROYECTO 2194085 :

Consolidación del Sistema de Innovación Agraria
FUENTE DE FINANCIA-MIENTO
1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 500 000,00
PROYECTO 2194993 :

Mejoramiento de los Servicios Estratégicos de Innovación Agraria 561262 NORMAS LEGALES
Sábado 12 de setiembre de 2015 / El Peruano
FUENTE DE FINANCIA-MIENTO
1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 500 000,00
------------------ TOTAL EGRESOS 3 000 000,00
==========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA
:Gobierno Central
PLIEGO
165 :

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -
SERFOR
UNIDAD EJECUTORA 002:

Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana
PROGRAMA PRESU-PUESTAL
130 :

Competitividad y Aprove-chamiento Sostenible de los Recursos Forestales y de la Fauna Silvestre
PROYECTO 2170521 :

Fortalecimiento de la Administra-ción Forestal en las Regiones Amazónicas de Amazonas, Huánuco, Amazonas, Junín, Loreto, Madre de Dios, Pasco, San Martín y Ucayali
FUENTE DE FINANCIA-MIENTO
1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 701 460,00
PROYECTO 2171335 :

Mejoramiento de la Con-servación y Protección del Bosque en las Regiones Amazónicas de Huánuco, Amazonas, Junín, Loreto, Madre de Dios, Pasco, San Martín y Ucayali
FUENTE DE FINANCIA-MIENTO
1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 209 982,00
PROYECTO 2168001 :

Alta Productividad del Sector Forestal en las Regiones Amazónicas de Huánuco, Amazonas, Junín, Loreto, Madre de Dios, Pasco, San Martín y Ucayali
FUENTE DE FINANCIA-MIENTO
1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 88 558,00
------------------ TOTAL EGRESOS 3 000 000,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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