9/22/2015

DECRETO SUPREMO N° 261-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 261-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; 561927 NORMAS LEGALES Martes 22 de setiembre de 2015 El Peruano / Que, la Segunda Disposición
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 261-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil;

561927 NORMAS LEGALES
Martes 22 de setiembre de 2015
El Peruano / Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para realizar acciones durante el Año Fiscal 2015 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico - científico competente;

Que, los literales c) y d) de la citada Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil -
INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;

Que, el artículo 4 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01
"Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 010-2014-EF/63.01, dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2014, así como los que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2015 y los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles en el Año Fiscal 2014 a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la misma Directiva señala que es competencia del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente a las entidades correspondientes en un plazo máximo de diez (10) días calendario, contados desde el día siguiente de haber sido autorizada la transferencia de partidas por parte del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, según el artículo 10 de la referida Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención:

Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles;

Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI
aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva, Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la Directiva en mención, señala que para el financiamiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia, el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
remite al Ministerio de Economía y Finanzas, mediante informe sustentatorio la solicitud de crédito presupuestario, en el cual señala la relación de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, indicándose sus respectivos montos de inversión;

Que, la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 011-2014-EF/63.01, establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia ante la presencia de desastres que declare elegibles la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, como requisito previo a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282;

Que, el numeral 7.9 del artículo 7 de la Directiva en mención, señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI en un plazo máximo de cinco (05) días calendario contado desde el día siguiente de haber recibido la declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia por parte de la Dirección General de Inversión Pública solicitará los recursos a los que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el artículo 13 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2691-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS
TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y
CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 236 685,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huambo del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecucion de tres (03) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de toma de captación de Geomembrana en el Sector de San Cristóbal, Río Huambo del Distrito de Huambo, Provincia de Caylloma - Región Arequipa, debido a intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Rehabilitación de la Bocatoma de Chinini, Anexo de Chinini, ubicado en el Distrito de Huambo, Provincia de Caylloma, Región Arequipa afectado por intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015" y "Rehabilitación del canal Uncapampa, ubicado en el Distrito de Huambo, Provincia de Caylloma y Región de Arequipa, afectado por intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3338-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015;

Que, asimismo el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2791-2015/ INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO OCHENTA Y
UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 181 578,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de Tumbes del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, para la atención de seis (06) Actividades de Emergencia denominadas "Rehabilitación para la recuperación de la transitabilidad del camino vecinal TU
104, tramo que comprende desde la Quebrada Cabuyal hasta los Caseríos el Limón, La Palma y El Prado, del Distrito de Pampas de Hospital, por efecto de las lluvias intensas ocurridas durante el mes de marzo del 2015", "Rehabilitación para la recuperación de la transitabilidad del camino vecinal TU-526 que une los Caseríos de Cerro Blanco y Mirafl ores, del Distrito de San Juan de la Virgen, por efecto de las lluvias intensas ocurridas durante el mes de marzo del 2015", "Rehabilitación para la recuperación de la transitabilidad del camino vecinal TU-528 (Tramo B), que une los Caseríos de Peña Blanca con Chacritas, pasando por el desvió del Caserío de Higueron Seco del Distrito de Pampas de Hospital Provincia y Departamento de Tumbes, por efecto de las lluvias intensas ocurridas durante el mes de Marzo del 2015", "Rehabilitación para la recuperación de la transitabilidad del camino vecinal TU-528 (Tramo C), que une los Caseríos Chacritas y las Peñas, del Distrito de Pampas de Hospital y San Juan 561928 NORMAS LEGALES
Martes 22 de setiembre de 2015 / El Peruano de la Virgen, por efecto de las lluvias intensas ocurridas durante el mes de marzo del 2015", "Rehabilitación para la recuperación de la transitabilidad del camino vecinal TU-528 (Tramo A) que une los Caseríos de Cruz Blanca con Peña Blanca del Distrito de Pampas de Hospital, pasando por el desvió de los Caseríos de Bigotes y Cafeterias, por efecto de las lluvias intensas ocurridas durante el mes de Marzo del 2015" y "Rehabilitación para la recuperación de la transitabilidad del camino vecinal TU-527, tramo que comprende desde el empalme con TU-526 (Desvió al Caserío de Cafeterias), pasando por el Caserío de Cafeterias del Distrito San Juan de la Virgen y del Caserío de Bigotes hasta el desvió de Peña Blanca (empalme con TU-528), del Distrito de Pampas de Hospital Provincia y Departamento de Tumbes, por efecto de las lluvias intensas ocurridas durante el mes de Marzo del 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2793-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO SESENTA Y UN MIL CIENTO VEINTIDOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 161 122,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de Caravelí del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la atención de dos (02)
Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria pesada y adquisición de combustible para la limpieza y descolmatacion del Rio Caraveli en 300 ML y recuperación del servicio de protección en un tramo total de 576 ML, ubicado en el sector de Tiñeria y Anchaqui, Distrito de Caravelí, Provincia de Caravelí, Región de Arequipa, afectado por la intensas lluvias y el incremento del caudal del Río Caravelí, ocurrido el 25 de Marzo del 2015" y "Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable en una longitud de 2430 ML, que comunica los Sectores de Chuñuño, Anchaqui y Alto Molino del Distrito de Caraveli, Provincia de Caraveli, Región de Arequipa, afectada por las intensas lluvias, ocurrido el 25 de Marzo del 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2794-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO DOS MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 102 528,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Vitor del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada "Alquiler de maquinaria pesada para la limpieza y descolmatacion del Río Vitor, en los sectores de Socavon, Tambillo, La Catedral y Huachipa en una longitud de 910 ML en el Distrito de Vitor, Provincia de Arequipa, Región Arequipa afectado por intensas lluvias y por el incremento del caudal del Río Vitor con fecha 24 - Marzo -2015 y declarado en Estado de Emergencia mediante DS 026-2015-PCM";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2795-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 878,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huancarqui del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada "Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la capacidad de protección del puente Huatiapa afectado en un tramo de 100 ml y la descolmatacion del cauce del Río en 200 ml, en el Sector Huatiapa, ubicado en la margen izquierda del Río Majes en el Distrito de Huancarqui, Provincia de Castilla, Región Arequipa, a consecuencia de la fuerza hidráulica del Río Majes, ocurrida el día 10 de febrero del 2015, ocasionado por las fuertes precipitaciones, en la zona altoandina, declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 026-2015-PCM";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2796-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIENTO
SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 132
176,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Paimas del Gobierno Regional del Departamento de Piura, para la atención de dos (02)
Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable desde Algodonal, Túnel VI, Nuevo Tasajeras, San Miguel de Pillo del Distrito de Paimas, Provincia de Ayabaca, Piura; afectada por las intensas lluvias" y "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la única trocha carrozable desde Tomapampa del Quiroz, Tomapampa de Jambur, Jambur, Paraje que corresponde al Distrito de Paimas, Provincia de Ayabaca, Piura, afectada por las intensas lluvias";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2797-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS
TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 314 613,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Las Lomas del Gobierno Regional del Departamento de Piura, para la atención de seis (06) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad en los tramos críticos de los caminos vecinales del Distrito de las Lomas, Provincia de Piura, afectada por precipitaciones por lluvias registradas entre los días 18 al 30 de marzo de 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable comprendida entre la ciudad de las Lomas - Localidad de Chipillico y Localidad el Sauce, Distrito de las Lomas, Provincia de Piura, afectada por precipitaciones por lluvias registradas entre los días 18 al 30 de marzo de 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable comprendida entre la localidad de Chipillico y la Menta, Distrito de las Lomas, Provincia de Piura, afectada por precipitaciones por lluvias registradas entre los días 18 al 30 de marzo de 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable comprendida entre las localidades de Chipillico y Partidor, Distrito de Las Lomas, Provincia de Piura, afectada por precipitaciones por lluvias registradas entre los días 18 al 30 de marzo de 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable comprendida entre la localidades de Partidor y Curilagarto, Distrito de Las Lomas, Provincia de Piura, afectada por precipitaciones por lluvias registradas entre los días 18 al 30 de marzo de 2015" y "Alquiler de maquinaria para descolmatar tramos críticos del canal principal de regadío en el Sector Nuevo Algarrobal del Distrito de Las Lomas, Provincia de Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 18 de marzo del 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2798-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de UN MILLON QUINIENTOS SETENTA Y
UN MIL QUINIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 1 571 514,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huarmaca del Gobierno Regional del Departamento de Piura, para la atención de diecinueve (19) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Laguna de Succhirca - Chalpa - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para recuperar el cauce de la Quebrada: El Polvasal, en el Caserío de Polvasal, Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias de alta intensidad del 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Tramo Huarmaca - Succha - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Tramo Chonta - Sauce de San Antonio - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Tramo desvió a Chamana - El Papayo - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Cruz Chiquita - Palo Blanco - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Laguna de Paltama - La Loma - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Zuro - Cedro - San Isidro - Hierba Buena - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 561929 NORMAS LEGALES
Martes 22 de setiembre de 2015
El Peruano / 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable tramo Tierra Blanca - Trapiche - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Zuro - Callancas - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Tramo Sumuche - Loma Grande - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Huarmaca - Hualcas - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Limón de Porcuya - San Pedro de Landa - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Eucalipto - Landirca - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Sumuche - Succharana - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable tramo Santa Rosa - La Loma - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable Cuello de Porcuya - Tallacas - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", "Alquiler de maquinaria para rehabilitar tramos críticos de la trocha carrozable tramo El Progreso - El Palto - Distrito de Huarmaca - Huancabamba - Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 16 de marzo del 2015", y "Alquiler de maquinaria para recuperar el cauce de las quebradas Abra de Porcuya, Agua Salada, Baden y Hualapampa; Rehabilitar diques de protección en las Quebradas Aguas Salada y Hualapampa, en el Caserío de Hualapampa, Distrito de Huarmaca, afectados por las lluvias de alta intensidad del 16 de marzo de 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2799-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL
QUINIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 1 412 575,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Quinistaquilllas del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la atención de tres (03) Actividades de Emergencia denominadas "Adquisición de combustible y Alquiler de maquinaria pesada para la descolmatacion de la Quebrada Volcán saturada por deslizamientos y acciones erosivas de las lluvias de marzo del 2015, Distrito de Quinistaquillas, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento de Moquegua", "Adquisición de combustible y Alquiler de maquinaria para la rehabilitación de trocha carrozable Quinistaquillas - Agua Blanca, Distrito de Quinistaquillas, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento de Moquegua" y "Adquisición de combustible y Alquiler de maquinaria para la rehabilitación de trocha carrozable Quinistaquillas - Tazata, Distrito de Quinistaquillas, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento de Moquegua";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2800-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 867 335,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 200 Transportes Moquegua del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria y adquisición de combustible para la rehabilitación de la carretera departamental MO-100 tramo Km 56+720 al Km 59+980 - Quebrada de Yalaque - Cota, Sijuaya, afectada por las intensas precipitaciones pluviales del 06 de marzo del 2015" y "Alquiler de maquinaria y adquisición de combustible para la rehabilitación de la carretera vecinal ruta MO-503 tramo Chilca Aguada - La Capilla, afectadas por las intensas precipitaciones pluviales del 21 de marzo del 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2866-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163
296,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 002 Alto Amazonas - Yurimaguas del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de la Institución Educativa Primaria de San Joaquín, Distrito de Teniente Cesar Lopez Rojas, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto, afectada por la inundación del 26 de enero del 2015" y "Rehabilitación de la Institución Educativa Primaria Nº 62070 de la Comunidad de Cayalti, Distrito de Santa Cruz, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto, afectada por la inundación del 17 de enero del 2015", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3593-2015-EF/63.01 de fecha 14 de agosto del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2867-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 582
893,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de Ucayali - Contamana del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de la Institución Educativa Nº 64300 ubicado en la localidad de Pucapanga, Distrito de Sarayacu, Provincia de Ucayali, Región Loreto, afectada por la erosión fl uvial ocasionada por el Río Ucayali ocurrido el 10 de enero de 2015" y "Rehabilitación de la I.E. Jose R. Tuesta Ruiz ubicado de la localidad de la Pedrera, Distrito de Sarayacu, Provincia de Ucayali, Región Loreto, afectada por la erosión fl uvial ocasionada por el Río Ucayali ocurrido el 10 de enero del 2015", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3593-2015-EF/63.01 de fecha 14 de agosto del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2932-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS
CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 568 205,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Moquegua del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria y adquisición de combustible para la limpieza y conformación de plataforma de la carretera por las fuertes precipitaciones pluviales transcurridas el 13 de febrero La Capilla - Yalaque" y "Adquisición de combustible y Alquiler de maquinaria para el encausamiento y limpieza del Río en 09 Anexos, Distrito de La Capilla, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento de Moquegua, ocasionadas por fuertes precipitaciones pluviales del 13
al 16 de febrero del 2015";

Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de SEIS MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA
Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 355 398,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" y la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres";

De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, 561930 NORMAS LEGALES
Martes 22 de setiembre de 2015 / El Peruano Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres" y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
hasta por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y
OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 355 398,00), a fin de atender siete (07) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia y cuarenta y cuatro (44) Actividades de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 6 355 398,00
------------------- TOTAL EGRESOS 6 355 398,00
===========
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 6 355 398,00
------------------- TOTAL EGRESOS 6 355 398,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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