9/05/2015

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 268-2015-CG Aprueban Directiva "Servicio de Atención de Denuncias"

Aprueban Directiva "Servicio de Atención de Denuncias" RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 268-2015-CG Lima, 4 de setiembre de 2015 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00010-2015-CG/ GPROD del Departamento de Gestión de Productos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 82º de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, encargado de supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones
Aprueban Directiva "Servicio de Atención de Denuncias"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 268-2015-CG
Lima, 4 de setiembre de 2015
VISTO, la Hoja Informativa Nº 00010-2015-CG/ GPROD del Departamento de Gestión de Productos;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 82º de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, encargado de supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, la Contraloría General de la República conforme al literal n) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, tiene por atribución recibir y atender denuncias de los ciudadanos, relacionadas con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sea en el ámbito interno, o derivándolas ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva;

Que, el literal q) del artículo 9º de la Ley Nº 27785
señala que la participación ciudadana es el principio del control gubernamental que permite la contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, establece que la Contraloría General de la República es la autoridad competente que recibe y evalúa las denuncias presentadas, dando trámite a las que se encuentren dentro de su ámbito de competencia y derivando aquellas cuyo trámite corresponda ser efectuado por otras instancias administrativas que, por disposición legal expresa, tengan competencia sobre la materia objeto de la denuncia;

Que, por Resolución de Contraloría Nº 385-2011-CG se aprobó la versión actualizada de la Directiva Nº 006-2011-CG/GSND "Sistema Nacional de Atención de Denuncias", con el objetivo de regular la adecuada atención de las denuncias presentadas ante el Sistema Nacional de Atención de Denuncias;

Que, el artículo 14º de la Ley Nº 27785 señala que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema en las entidades se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución;

Que, las Normas Generales de Control Gubernamental aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG definen a los servicios relacionados como aquellos que están vinculados a los procesos de carácter técnico y especializado derivados de atribuciones o encargos legales, que generan productos distintos a los servicios de control previo, simultáneo y posterior, y que son llevados a cabo por los órganos del Sistema Nacional de Control con el propósito de coadyuvar al control gubernamental;

Que, la Contraloría General de la República viene desarrollando un proceso de Modernización del Sistema Nacional de Control, en el cual se ha priorizado el proyecto "Mejora de la atención al cliente en la CGR y fortalecimiento del SINAD", cuyo objetivo es elevar la satisfacción de los segmentos de clientes a través de una respuesta oportuna y profesional, con la finalidad de incrementar la confianza y legitimidad de la Contraloría General de la República;

Que, en el marco del citado proyecto resulta necesario emitir un documento normativo que regule el servicio relacionado de atención de denuncias a cargo de la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional, protegiendo la identidad del denunciante y el contenido de la denuncia, acorde a un nuevo modelo de operación que permita a los órganos del Sistema Nacional de Atención de Denuncias - SINAD
realizar una intervención rápida, tener una mayor cobertura de atención, así como mayor presencia de control en las entidades sujetas a control;

Que, en ese sentido, conforme al documento del visto, el Departamento de Gestión de Productos propone la aprobación del proyecto de Directiva denominada "Servicio de Atención de Denuncias", en el marco de sus funciones establecidas en el inciso 1 del artículo 25º del 560785 NORMAS LEGALES
Sábado 5 de setiembre de 2015
El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 022-2015-CG;

En uso de las facultades previstas en el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 011-2015-CG/GPROD "Servicio de Atención de Denuncias", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 385-2011-CG que aprobó la Directiva Nº 006-2011-CG/ GSND "Sistema Nacional de Atención de Denuncias", así como todas las demás disposiciones que se opongan a la Directiva aprobada por el artículo primero de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- Las denuncias que a la fecha de vigencia de la presente Directiva se encuentren en trámite en el marco de la Directiva Nº 006-2011-CG/ GSND "Sistema Nacional de Atención de Denuncias", se adecuarán en lo que corresponda a la Directiva aprobada mediante la presente Resolución.

Artículo Quinto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y el documento normativo aprobado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), así como en el portal web (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la República

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