9/22/2015

RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS N° 27-GCSPE-ESSALUD2015 Dejan

Dejan sin efecto designación de verificador de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Rebagliati RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS Nº 27-GCSPE-ESSALUD2015 Lima, 14 de septiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29135, Ley que establece el porcentaje que deben pagar ESSALUD y la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) por
Dejan sin efecto designación de verificador de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Rebagliati
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS Nº 27-GCSPE-ESSALUD2015
Lima, 14 de septiembre de 2015
CONSIDERANDO:

Que, con fecha 18 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29135, Ley que establece el porcentaje que deben pagar ESSALUD
y la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) por la recaudación de sus aportaciones, y medidas para mejorar la administración de tales aportes;

Que, el artículo 1 de la referida norma faculta a ESSALUD para ejercer, de oficio, las funciones de verificación de la condición de asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes administrados por ESSALUD, así como de la condición de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar;

Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 29135, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-TR, establece que la función de verificación será desempeñada por servidores públicos, ingresados por concurso público, los cuales deberán acreditar capacitación en las labores de fiscalización;

Que, mediante Resolución Nº 015-GCASEG-ESSALUD-2009, del 04 de noviembre de 2009, se designó como verificador, entre otros, al servidor ISIDRO
BONIFACIO CHIPANA RAMIREZ;

Que, la Jefatura de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Rebagliati, mediante Carta Nº 3705-OAREBAGLIATI-ExSGSA-GAAA-GCAS-ESSALUD-2015, solicita se deje sin efecto la designación del mencionado servidor como Verificador, debido a que se le asignarán funciones relacionadas a actividades de fiscalización posterior;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal m) del artículo 133º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud (ESSALUD), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014;

SE RESUELVE
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de funciones como verificador del servidor ISIDRO
BONIFACIO CHIPANA RAMIREZ, de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Rebagliati.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Apoyo y Seguimiento las acciones para la difusión del contenido y alcances de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE CHU WONG
Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas
ESSALUD

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