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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0067-2015-SUNEDU Prorrogan vigencia del carné universitario de
9/23/2015
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0067-2015-SUNEDU Prorrogan vigencia del carné universitario de
Prorrogan vigencia del carné universitario de los estudiantes del ciclo regular 2014 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0067-2015-SUNEDU Lima, 21 de setiembre de 2015 VISTO: El Informe Nº 044-2015-SUNEDU/DIGRAT de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, y el Informe Nº 196-2015-SUNEDUSG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria se crea la Superintendencia
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0067-2015-SUNEDU
Lima, 21 de setiembre de 2015
VISTO:
El Informe Nº 044-2015-SUNEDU/DIGRAT de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, y el Informe Nº 196-2015-SUNEDUSG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220 -
Ley Universitaria se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 127 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, se dispone que "Todos los alumnos universitarios gozan del pasaje universitario, que consiste en el 50% del precio regular ofrecido al público en general"; es decir, se garantiza el derecho al pasaje diferenciado;
Que, el inciso q) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, precisa que una de las funciones de SUNEDU es "Dirigir el proceso de emisión de carnés universitarios de las universidades del país y expedir carnés universitarios", la cual se realiza a través de la Unidad de Documentación e Información Universitaria de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, sobre la base de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 48 y el inciso c) del artículo 50 del reglamento antes mencionado;
Que, es conveniente establecer, en adelante, una única fecha anual para la emisión y expedición de los carnés universitarios, con lo cual se maximizará el uso eficiente de los recursos del Estado y se tendrá un orden previsto para dichos procesos;
Que, la Sunedu estableció el 30 de abril de 2016
como plazo de vigencia de los carnés universitarios correspondientes al Proceso de Admisión 2015 - I;
Que, la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos ha propuesto que el 30 de abril de cada año sea considerado plazo único de entrega y renovación de los carnés universitarios;
Que, es necesario establecer la prórroga de la vigencia de los carnés universitarios emitidos y entregados por la Ex Asamblea Nacional de Rectores en el año 2014 para los estudiantes universitarios del ciclo regular, ampliando su vigencia hasta el 30 de abril de 2016; es decir, por el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2015 al 30 de abril de 2016;
Con el visado del Secretario General, de la Directora de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y el Decreto Supremo Nº 012-214-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la prórroga de la vigencia del carné universitario de los estudiantes del ciclo regular 2014, hasta el 30 de abril de 2016.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional de la entidad: www. sunedu.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
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