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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 234-2015-ANA 560996 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de setiembre de 2015 / El
9/09/2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 234-2015-ANA 560996 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de setiembre de 2015 / El
560996 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de setiembre de 2015 / El Peruano Disponen la pre publicación del proyecto de Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos en el portal web de la ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 234-2015-ANA Lima, 7 de setiembre de 2015 VISTO: El Memorando Nº 1609-2015-ANA-DGCRH, de fecha 24 de agosto de 2015, y el Informe Técnico Nº 136-2015-ANA-DGCRH-GECRH, de fecha 24 de agosto de 2015, ambos del Director de la Dirección de Gestión de Calidad de los
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 234-2015-ANA
Lima, 7 de setiembre de 2015
VISTO:
El Memorando Nº 1609-2015-ANA-DGCRH, de fecha 24 de agosto de 2015, y el Informe Técnico Nº 136-2015-ANA-DGCRH-GECRH, de fecha 24 de agosto de 2015, ambos del Director de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al numeral 3 del artículo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la Autoridad Nacional del Agua tiene como función dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral sostenible de los recursos hídricos;
Que, por su parte, el numeral 198.3, del artículo 198º, del Reglamento de Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establece que "La Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos constituye el marco de referencia dentro del cual debe interactuar el sector público y privado para el manejo multisectorial y articulado, que permita una gestión integrada de los recursos hídricos en el marco del proceso de regionalización y descentralización del país";
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2015-MINAGRI se aprobó la Política y Estrategia Nacional de los Recursos Hídricos, como instrumento de planificación de carácter vinculante, que contiene los principios, lineamientos, estrategias e instrumentos de carácter público que definen los objetivos de interés nacional para garantizar el uso sostenible de los recursos hídricos en el corto, mediano y largo plazo;
Que, el literal a), del artículo 32º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, establece que la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos propone la implementación de normas y programas en materia de protección y recuperación de la calidad de los recursos hídricos;
Que, mediante el Memorado del Visto el Director de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, ha propuesto el proyecto de Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos, cuyo objetivo es recuperar y proteger la calidad de los recursos hídricos, a través del fortalecimiento de la institucionalidad para la gestión integrada de los Recursos Hídricos;
Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, determina que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30)
días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, asimismo el artículo 39º del Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que aprobó el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, determina que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles;
Que, en ese sentido y con el objeto de recibir opiniones y propuestas al proyecto de Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos, resulta necesario disponer su pre publicación;
Estando a lo opinado por la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y en uso de la facultades otorgadas por el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Pre publicación del "Proyecto de Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos".
Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la pre publicación del proyecto de Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos, en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe), por quince (15) días hábiles, a fin que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la dirección electrónica estrategiacalidad@ana.gob.pe.
Artículo 2º.- Órgano encargado de recepcionar los aportes y comentarios Encargar a la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos la recepción y análisis de los aportes y comentarios que presenten respecto al proyecto de estrategia citado en el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua
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