10/04/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0876/2015-RE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0876/2015-RE Lima, 2 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Política Exterior del Perú tiene como uno de sus objetivos estratégicos la consolidación de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y otros mecanismos de integración que coadyuven al fortalecimiento de la identidad regional, a su capacidad de negociación y a la proyección política y económica del país en la región; Que, la Presidencia Pro Tempore de UNASUR (PPT), a cargo de la República Oriental del Uruguay, ha

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0876/2015-RE
Lima, 2 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:

Que, la Política Exterior del Perú tiene como uno de sus objetivos estratégicos la consolidación de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y otros mecanismos de integración que coadyuven al fortalecimiento de la identidad regional, a su capacidad de negociación y a la proyección política y económica del país en la región;

Que, la Presidencia Pro Tempore de UNASUR (PPT), a cargo de la República Oriental del Uruguay, ha convocado a las siguientes reuniones, a llevarse a cabo en la ciudad de Montevideo:
• V Reunión del Comité Técnico en Materia Presupuestaria, del 5 al 6 de octubre de 2015; y • XLIX Reunión del Consejo de Delegados, del 7 al 8 de octubre del 2015;

Que el Tratado Constitutivo de UNASUR asigna al Consejo de Delegados, entre otras funciones, la responsabilidad de dar seguimiento al diálogo político y a la concertación sobre temas de interés regional;

Que, es conveniente que los Delegados de los países miembros de UNASUR negocien directa y activamente una adecuada distribución del presupuesto de la organización, con la finalidad que la UNASUR cumpla sus objetivos y fines con eficacia y eficiencia;

Que, es necesario que el Director de UNASUR y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos, de la Dirección General de América, asista a las reuniones antes mencionadas, a fin de asegurar un seguimiento diplomático y político adecuado en el marco de ese mecanismo;

563327 NORMAS LEGALES
Domingo 4 de octubre de 2015
El Peruano / Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5040, del Despacho Viceministerial, de 29 de setiembre de 2015; y los Memorandos (DGA) Nº DGA0863/2015, de la Dirección General de América, de 25 de setiembre de 2015; y (OPR) Nº OPR0300/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 30 de setiembre de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Manuel Soarez Documet, Director de UNASUR
y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos, de la Dirección General de América, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 5 al 8 de octubre de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje aéreo clase económica
US$
Viáticos por día US$
Nº de días Total viáticos Manuel Soarez Documet 1 098,00 370,00 4+1 1 850,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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