10/16/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 487-2015-MINEDU Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua

Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria achuar, realizada mediante R.D. Nº 003-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 487-2015-MINEDU Lima, 15 de octubre de 2015 Vistos; el Expediente Nº 172626-2015, el Informe Nº 699-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación,
Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria achuar, realizada mediante R.D. Nº 003-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 487-2015-MINEDU
Lima, 15 de octubre de 2015
Vistos; el Expediente Nº 172626-2015, el Informe Nº 699-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo;

Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y la Dirección de Educación Rural, oficializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país.

Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades públicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos oficiales que formulan o publican;

Que, el artículo 2 de la citada Ley declara de interés nacional el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del país;

Que, el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, respetar y promover las lenguas y dialectos ágrafos reconocidos y difundir su dominio oral y escrito, para lo cual se oficializarán las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 003- 2015-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB, emitida por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, se oficializa el alfabeto de la lengua originaria achuar, aprobado en el "Congreso de Normalización del alfabeto de la lengua achuar", el cual consta de diecisiete (17) grafías;

Que, el apartado A del artículo 6.1.2 de la Norma Técnica "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial Nº 027-2015-MINEDU, señala que los alfabetos se oficializan mediante Resolución Directoral de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y que la oficialidad de los alfabetos se reconoce mediante Resolución Ministerial;

Que, mediante Informe Nº 120-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la necesidad de reconocer la oficialidad de las equivalencias antes indicadas;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial Nº 027-2015-MINEDU;

563882 NORMAS LEGALES
Viernes 16 de octubre de 2015 / El Peruano
SE RESUELVE:

Artículo Único.- RECONOCER la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria achuar, realizada mediante Resolución Directoral Nº 003-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB, conforme a las siguientes diecisiete (17) grafías:
ache i j k m n p r s sh t ts u w y Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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