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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 207-2015-IN Años/ Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto
10/06/2015
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 207-2015-IN Años/ Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto
Años/ Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre 1976 -- 207 449 298,12 204 515 161,36 200 385 817,06 200 275 533,18 198 113 044,43 195 330 458,28 167 426 107,10 156 024 286,32 153 544 575,44 149 394 722,05 147 060 272,29 1977 146 135 055,40 139 514 623,81 135 128 348,97 130 368 035,75 129 256 681,43 127 319 602,47 120 324 251,22 116 150 859,81 112 767 475,61 110 056 145,10 108 309 135,51 105 713 366,06 1978 101 994 855,08 93 527 687,41 88 150 666,67 85 657 271,98 82 745 437,63 73 317
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 207-2015-IN
Lima, 5 de octubre de 2015
VISTOS; la Resolución Nº 023/15/cdfdnlp de fecha 7 de setiembre de 2015, de la Federación Deportiva Nacional de Levantamiento de Potencia; y, el Memorándum Nº 2223-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 23 de setiembre de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Nº 023/15/cdfdnlp de fecha 7 de setiembre de 2015, la Federación Deportiva Nacional de Levantamiento de Potencia convocó al suboficial Técnico de Segunda de Servicios de la Policía Nacional del Perú Andrés Enrique Albornoz Tinoco para que participe del "Campeonato Mundial Powerlifting, G.P.A (GLOBALL POWERLIFE
ALLIANCE)" como atleta seleccionado nacional de la Federación Deportiva Nacional de Levantamiento de Potencia, a realizarse del 8 al 11 de octubre de 2015, en la ciudad de Athens-Georgia-Estados Unidos de América;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 824-2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 23 de setiembre de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 7 al 11 de octubre de 2015, del suboficial Técnico de Segunda de Servicios de la Policía Nacional del Perú Andrés Enrique Albornoz Tinoco, a la ciudad de Athens-Georgia-Estados Unidos de América, para que participe en el evento mencionado en el considerando precedente;
Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, con Memorándum Nº 2223-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 23 de setiembre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorizó el viaje mencionado en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente y señalando que irrogará gastos al Estado;
Que, es conveniente para el interés institucional autorizar el referido viaje al exterior del país, ya que permitirá fomentar el espíritu deportivo, intercambiar experiencias, y estrechar lazos de cooperación;
debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de viáticos y pasajes aéreos (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano";
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del suboficial Técnico de Segunda de Servicios de la Policía Nacional del Perú Andrés Enrique Albornoz Tinoco, del 7 al 11 de octubre de 2015, a la ciudad de Athens-Georgia-Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total $
Viáticos $ 440.00 4 X 1 = 1,760.00
Pasajes aéreos $ 1,765.00 X 1 = 1,765.00
-------------- 3,525.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
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