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DECRETO SUPREMO N° 329-2015-EF 567020 NORMAS LEGALES Lunes 23 de noviembre de 2015 / El Peruano
11/25/2015
DECRETO SUPREMO N° 329-2015-EF 567020 NORMAS LEGALES Lunes 23 de noviembre de 2015 / El Peruano
567020 NORMAS LEGALES Lunes 23 de noviembre de 2015 / El Peruano Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 329-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó entre otros el presupuesto del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1197,
DECRETO SUPREMO Nº 329-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó entre otros el presupuesto del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1197, se aprueba la transferencia al Ministerio de Defensa para la operación, mantenimiento y ejecución de los componentes no ejecutados de los Proyectos de Inversión Pública - PIP , referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, en las cuencas del río Morona, Distrito de Morona, Datem del Marañón, Loreto - PIAS Morona según código SNIP 293699; del río Putumayo, Región Loreto - PIAS
Putumayo, con código SNIP Nº 293837 y en el ámbito insular del Lago Titicaca, Región Puno - PIAS Puno, con código SNIP Nº 293924, a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1197 señala que para efectos de la transferencia de recursos, referida en el considerando precedente, se autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de Defensa, las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de este último;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 241-2015-PCM se constituye la Comisión de Transferencia de los Proyectos de Inversión Pública - PIP referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Defensa;
Que, mediante Memorándums Nºs 1181 y 1230-2015-PCM/SGP la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en mérito al Decreto Legislativo Nº 1197, señala que el monto a transferir al pliego 026: Ministerio de Defensa asciende a VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA
Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 29 871 652,00);
Que, mediante Acta Nº 003-2015-CTPIAS la Comisión de Transferencia de los Proyectos de Inversión Pública - PIP referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, acordó, entre otros, el corte presupuestal para la transferencia de partidas del pliego Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29
871 652,00) para la ejecución y/o culminación de los PIPs PIAS Morona, PIAS Putumayo y PIAS Puno;
Que, mediante Informe Nº 227-2015-PCM/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, considera pertinente continuar con el trámite respectivo para la aprobación del Decreto Supremo que autorice la Transferencia de Partidas de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Ministerio de Defensa hasta por la suma de
VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA
Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 29 871 652,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, propuesto por la Secretaría de Gestión Pública y aprobado por la Comisión de Transferencia de los Proyectos de Inversión Pública - PIP referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, para la ejecución y/o culminación de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, en las cuencas del río Morona, Distrito de Morona, Datem del Marañón, Loreto - PIAS Morona según código SNIP 293699; del río Putumayo, Región Loreto - PIAS
Putumayo, con código SNIP Nº 293837 y en el ámbito insular del Lago Titicaca, Región Puno - PIAS Puno, con código SNIP Nº 293924, que estarán a cargo del Ministerio de Defensa, en aplicación del Decreto Legislativo Nº 1197; en virtud del cual mediante Oficio Nº 7184-2015-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 001:
Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma de
VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA
Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 29 871 652,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución y/o culminación de los PIPs PIAS
Morona, PIAS Putumayo y PIAS Puno;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1197, Decreto Legislativo que aprueba la transferencia para la operación, mantenimiento y ejecución de los Proyectos de Inversión Pública -
Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS);
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
29 871 652,00) del pliego Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego Ministerio de Defensa, para la ejecución y/o culminación de los Proyectos de Inversión Pública - PIP referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, en las cuencas del río Morona, Distrito de Morona, Datem del Marañón, Loreto - PIAS
Morona según código SNIP 293699; del río Putumayo, Región Loreto - PIAS Putumayo, con código SNIP Nº 293837 y en el ámbito insular del Lago Titicaca, Región Puno - PIAS Puno, con código SNIP Nº 293924, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General - PCM
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2194051 : Ampliación y Mejoramiento de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS)
en la Cuenca del río Morona, Distrito de Morona, Datem del Marañón, Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 541 862,00
PROYECTO 2194052 : Ampliación y Mejoramiento de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social PIAS en la Cuenca del río Putumayo, Región Loreto 567021 NORMAS LEGALES
Lunes 23 de noviembre de 2015
El Peruano / FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 10 248 571,00
PROYECTO 2235248 : Ampliación y Mejoramiento de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS)
en el ámbito insular del Lago Titicaca, Región Puno FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 14 081 219,00
------------------- TOTAL EGRESOS 29 871 652,00
===========
A LA En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PROYECTO 2194051 : Ampliación y Mejoramiento de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS)
en la Cuenca del río Morona, Distrito de Morona, Datem del Marañón, Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 541 862,00
PROYECTO 2194052 : Ampliación y Mejoramiento de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social PIAS en la Cuenca del río Putumayo, Región Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 10 248 571,00
PROYECTO 2235248 : Ampliación y Mejoramiento de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS)
en el ámbito insular del Lago Titicaca, Región Puno FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 14 081 219,00
------------------- TOTAL EGRESOS 29 871 652,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
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