11/29/2015

DECRETO SUPREMO N° 332-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 332-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 332-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00). a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para realizar acciones durante el Año Fiscal 2015 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico - científico competente;

Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016
y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, dispone que los recursos transferidos a la Reserva de Contingencia en el marco de lo establecido en el numeral 2.3 del referido Decreto de Urgencia, podrán destinarse al financiamiento de las acciones a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para lo cual dichos recursos se sujetan a las condiciones y procedimientos establecidos en la citada disposición, según corresponda;

Que, mediante Oficio Nº 088-2015-PCM/SGRD/ CONAGER-FEN/ST, el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño de la Presidencia del Consejo de Ministros, adjunta el "Acta de Aprobación de Expedientes Nº 001-2015" (Demanda Adicional) debidamente firmada por los señores Ministros conformantes del Consejo Nacional, en el cual se acuerda incrementar los recursos previstos en la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 30282, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -
INDECI, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00);

Que, los literales c) y d) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;

Que, el artículo 4 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01
"Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015". aprobada mediante Resolución Directoral Nº 010-2014-EF/63.01, dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2014, así como los que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2015 y los Proyectos de Inversión Pública 567518 NORMAS LEGALES
Domingo 29 de noviembre de 2015 / El Peruano (PIP) de emergencia declarados elegibles en el Año Fiscal 2014 a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la misma Directiva señala que es competencia del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente a las entidades correspondientes en un plazo máximo de diez (10) días calendario, contados desde el día siguiente de haber sido autorizada la transferencia de partidas por parte del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, según el artículo 10 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles;

Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI
aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva, Que, el artículo 13 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 4251-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETENTA
Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 553 073,00).
los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Pariahuanca del Departamento de Ancash para la atención de dos (02)
Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria pesada para la descolmatacion de la Quebrada Huarac 157 metros Aguas Abajo y 293 metros Aguas Arriba del Puente Huarac, ubicado en el Distrito de Pariahuanca, Provincia de Carhuaz, Departamento de Ancash, por peligro inminente de huayco durante periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño" y "Alquiler de maquinaria pesada para la descolmatacion de la Quebrada Arroyo Grande 1500 metros de la confluencia Aguas Arriba del Rio Santa, ubicado en el Distrito de Pariahuanca, Provincia de Carhuaz, Departamento de Ancash, por peligro inminente de huayco durante periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño";

Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 4253-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL
NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 626 009,00).
los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Jesus del Departamento de Cajamarca para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para descolmatacion y limpieza de cauce de la Quebrada El Chilco y Rio Cajamarquino, caserío La Huaylla, por peligro inminente de lluvias intensas en el Distrito de Jesus, Provincia de Cajamarca, pudiendo ser afectado por la ocurrencia de el Fenómeno El Niño 2015-2016, declarado en estado de emergencia, mediante Decreto Supremo Nº 058-2015-PCM" y "Alquiler de maquinaria para la limpieza y descolmatacion de la Quebrada Rio Seco y su afl uente Quebrada La Shilla, por peligro inminente del C.P La Huaraclla y Caserío La Bendiza, Distrito de Jesus, Provincia de Cajamarca, pudiendo ser afectado por la ocurrencia del Fenómeno El Niño 2015-2016, declarado en estado de emergencia, mediante D.S. Nº 045-PCM y
D.S. Nº 058-2015-PCM";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 4269-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

230 637,00). los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Sayla del Departamento de Arequipa para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria pesada para la instalación del servicio de protección en un tramo de 450 M y limpieza y descolmatacion de 450 M. en la Quebrada de Mesapucro, por peligro inminente contra inundación por caída de huayco por probable ocurrencia del Fenómeno El Niño en la localidad de Huaycaya Distrito de Sayla, Provincia de la Unión, Región Arequipa y declarada en estado de emergencia con D.S.Nº 058-2015-PCM" y "Alquiler de maquinaria pesada para la instalación del servicio de protección en un tramo de 230
M de la carretera Sayla - Huaycaya - Surupampa - Piclla - Yanaya - Saina, ubicado en el sector de Almasamachina, cerro Runtupata por peligro inminente contra probable deslizamiento de cerro y caída de plataforma por ocurrencia del Fenómeno El Niño en la localidad de Surupampa, Distrito de Sayla, Provincia de la Unión, Región Arequipa y declarada en estado de emergencia con D.S. Nº 058-2015-PCM";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 4297-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 290 243,00). los cuales serán transferidos a la Municipalidad Distrital de Namballe del Departamento de Cajamarca para la atención de siete (07) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une los caseríos de: Linderos - Pueblo Libre, Distrito de Namballe, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el 26 de marzo del 2015 y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 029-2015-PCM".
"Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une los caseríos de: El Huabo - Santa Cruz, Distrito de Namballe, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de marzo del 2015 y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 029-2015-PCM". "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une los caseríos de : El Quebradon (cruce Puerto Rico)
- Corazón de la Naranja, Distrito de Namballe, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de marzo del 2015
y declarado en estado de emergencia mediante el D.S Nº 029-2015-PCM". "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une los caseríos de Namballe - Zunga Alto, Distrito de Namballe, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de marzo del 2015 y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 029-2015-PCM". "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable entre los centros poblados: La Balza - Chimara, Distrito de Namballe, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de marzo del 2015 y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 029-2015-PCM".
"Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une los caseríos : Pampa Verde - Ramón Castilla, Distrito de Namballe, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de marzo del 2015
y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 029-2015-PCM" y "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une los caseríos de Mariscal Castilla y Cerro Bravo, Distrito de Nambella, Provincia San Ignacio, Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de marzo del 2015 y declarado en estado de emergencia mediante el D.S. Nº 029-2015-PCM";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 4298-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS
VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 130 826,00).
los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre del Departamento de Ica para la atención de una (01) Actividad de 567519 NORMAS LEGALES
Domingo 29 de noviembre de 2015
El Peruano / Emergencia denominada "Alquiler de maquinaria para recuperación del servicio de protección y encauzamiento ante el probable huayco en Torrentera principal del Distrito de Vista Alegre, Provincia de Nasca y Región Ica, ante el peligro inminente por lluvias intensas declarado por Decreto Supremo Nº 058-2015-PCM del 02 de setiembre de 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 4300-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 473 235,00). los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Tacabamba del Departamento de Cajamarca para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Limpieza y descolmatacion del rio Tacabamba, sectores las Brisas y el Tingo, en progresiva 0+360 - 1+420, mediante la utilización de maquinaria pesada alquilada en la localidad de Tacabamba, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, afectados por la inundaciones y colmataciones ocasionados por las intensas lluvias acontecidas el mes de marzo 2015, la actividad propuesta está sustentada por los Decretos Supremos Nº 045-2015-PCM, 058-2015-PCM, que declaran en estado de emergencia en el Distrito de Tacabamba de la Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca " y "Limpieza y descolmatacion del rio Tuspon, Sectores el Tingo y las Tunas, entre las progresivas KM
0+380 aguas bajo del puente Tuspon y la progresiva 0+180 aguas arriba del puente Tuspon, mediante la utilización de maquinaria pesada alquilada en la localidad de Tacabamba, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, afectados por la inundaciones y colmataciones ocasionados por las intensas lluvias acontecidas el mes de marzo 2015, la actividad propuesta está sustentada por los Decretos Supremos Nº 045-2015-PCM, 058-2015-PCM, que declaran en estado de emergencia en el Distrito de Tacabamba de la Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca";

Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de DOS MILLONES TRESCIENTOS
CUATRO MIL VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 304 023,00). a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, que dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño;

Que, de otro lado, con Oficio Nº 4399-2015/ INDECI/4.0 el Instituto Nacional de Defensa Civil -
INDECI solicita la modificación del vigésimo cuarto considerando del Decreto Supremo Nº 309-2015-EF, en cuanto a la referencia a la Municipalidad Distrital de Cotahuasi, Provincia de La Unión, Departamento de Arequipa, debiendo corresponder a la Municipalidad Provincial de La Unión - Cotahuasi, Departamento de Arequipa, por cuanto se trata del pliego que se encuentra a cargo del Proyecto de Inversión Pública de Emergencia denominado "Instalación del servicio de protección contra probable inundación por ocurrencia del Fenómeno El Niño en la localidad de Cancha, Distrito de Cotahuasi, Provincia de La Unión, Departamento de Arequipa, en el Año 2015". declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº4761-2015-EF/63.01 de fecha 21 de octubre del 2015;

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, que dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño; la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015". y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
hasta por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS
CUATRO MIL VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 304 023,00). a fin de atender dieciséis (16)
Actividades de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 2 304 023,00
------------------ TOTAL EGRESOS 2 304 023,00
==========
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5005827 : Atención de Fenómeno El Niño
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 2 013 780,00
ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 290 243,00
------------------ TOTAL EGRESOS 2 304 023,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

567520 NORMAS LEGALES
Domingo 29 de noviembre de 2015 / El Peruano Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Modificación del Decreto Supremo Nº 309-2015-EF
Modifíquese el vigésimo cuarto considerando del Decreto Supremo Nº 309-2015-EF, en cuanto a la referencia a la Municipalidad Distrital de Cotahuasi, Provincia de La Unión, Departamento de Arequipa, la misma que debe corresponder a la Municipalidad Provincial de La Unión - Cotahuasi del Departamento de Arequipa.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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