11/27/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 272-2015-RE

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 272-2015-RE Lima, 26 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley Nº 29318, señalan que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el pase a la

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 272-2015-RE
Lima, 26 de noviembre de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18 de la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley Nº 29318, señalan que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero;

Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad se hará efectivo, de oficio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, según lo establecido por la ley;

Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Nilo Jesús Figueroa Cortavarría cumplirá setenta años de edad el 19 de marzo de 2016, según se acredita con la partida de nacimiento que obra en su Foja de Servicios;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley Nº 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo
Nº 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Nilo Jesús Figueroa Cortavarría, el 19 de marzo de 2016, por cumplir en la citada fecha los setenta años de edad.

Artículo 2. Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Nilo Jesús Figueroa Cortavarría, por los importantes servicios prestados a la Nación.

Artículo 3. La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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