12/29/2015

RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 072-2015-APN/DIR Disponen la prepublicación del proyecto de

Disponen la prepublicación del proyecto de "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria" en el portal electrónico de la APN RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 072-2015-APN/DIR Callao, 18 de diciembre de 2015 VISTO: El Memorando Nº 521-2015-APN/GG, de fecha 11 de noviembre de 2015, a través del cual la Gerencia General informa la decisión del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional en la Sesión Nº 381 realizada el 10 de noviembre de 2015, en el sentido de prepublicar la
Disponen la prepublicación del proyecto de "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria" en el portal electrónico de la APN
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 072-2015-APN/DIR
Callao, 18 de diciembre de 2015
VISTO:

El Memorando Nº 521-2015-APN/GG, de fecha 11 de noviembre de 2015, a través del cual la Gerencia General informa la decisión del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional en la Sesión Nº 381 realizada el 10 de noviembre de 2015, en el sentido de prepublicar la "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria";

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 19 de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, establece que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Técnico Especializado, encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, el literal k) del artículo 24 de la LSPN, establece que la APN tiene como atribución normar en lo técnico, operativo y administrativo, el acceso a la infraestructura portuaria así como el ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia, remolcaje, recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves, así como cualquier otra actividad existente o por crearse;

Que, en el artículo 130 del Reglamento de la LSPN, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, se determina que la Autoridad Portuaria Nacional establecerá los estándares mínimos de los sistemas de seguridad integral de los puertos y terminales portuarios;

Que, con Informe Ejecutivo Nº 287-2015-APN/UPS, de fecha 29 de octubre de 2015, la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional elaboró el proyecto de "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria", el mismo que tiene por finalidad estandarizar los criterios y requisitos para que las instalaciones portuarias permitan el acceso a los usuarios y autoridades competentes en forma segura y oportuna;

Que, mediante Informe Legal Nº 509-2015-APN/UAJ, de fecha 05 de noviembre de 2015, la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional emitió opinión favorable al proyecto de Resolución de Acuerdo de Directorio que aprueba la "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria";

Que, el Directorio de la APN en Sesión Nº 381 realizada el 10 de noviembre de 2015, dispuso la prepublicación de la "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria";

Que, el numeral 1) del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, mediante el cual se aprobó el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General";
prevé la publicación de los proyectos normativos en el Diario Oficial "El Peruano", en el portal electrónico de la entidad o mediante cualquier otro medio por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, con la finalidad que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, no obstante, la publicación del proyecto de norma antes referido ha sido publicado en el Portal Electrónico de la APN, desde el 23 de noviembre de 2015, es decir, por más de quince (15) días y estando al alcance de todos los interesados, y a efectos de darle mayor publicidad resulta conveniente realizar la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", por los siguientes quince (15) días, así como en el respectivo Portal Electrónico de la APN;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27943
- Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, y demás normas modificatorias y complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la prepublicación del proyecto de "Norma Técnica para el Control de Acceso a la Instalación Portuaria", en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional (www.apn. gob.pe), a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2º.- Designar al señor Luis Garcia Lumbreras, Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional, para que acopie y compile todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elabore la matriz correspondiente y proponga los cambios o modificaciones necesarias al proyecto de resolución señalado en el artículo 1 de la presente resolución; en ese sentido, se habilita el correo electrónico: lgarcia@
apn.gob.pe, para que se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos.

Artículo 3º.- Notifíquese a la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional, así como a todas las áreas involucradas en el proyecto de la Resolución de Acuerdo de Directorio.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio

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