12/09/2015

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 267-2015-PROMPERU/SG Suspenden la aplicación de descuentos

Suspenden la aplicación de descuentos aprobados para el servicio de "Participación en F erias Internacionales de Exportaciones", dejando sin ef ec to lo dispuesto en el Art. 7º de la Res. Nº 178-2015-PROMPERU/ SG, y prorrogan vigencia de modificación temporal aprobada mediante el Art. 2º de la Res. Nº 148-2015-PROMPERU/SG, para ferias que se realicen hasta el 5 de julio de 2016 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 267-2015-PROMPERU/SG Lima, 4 de diciembre de 2015 Visto, el Memorándum Nº 305-2015-PROMPERU/
Suspenden la aplicación de descuentos aprobados para el servicio de "Participación en F erias Internacionales de Exportaciones", dejando sin ef ec to lo dispuesto en el Art. 7º de la Res. Nº 178-2015-PROMPERU/ SG, y prorrogan vigencia de modificación temporal aprobada mediante el Art. 2º de la Res. Nº 148-2015-PROMPERU/SG, para ferias que se realicen hasta el 5 de julio de 2016
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 267-2015-PROMPERU/SG
Lima, 4 de diciembre de 2015
Visto, el Memorándum Nº 305-2015-PROMPERU/ SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y los Informes Nº 020 y 23-2015-PROMPERU/DX-SPI de la Subdirección de Promoción de las Exportaciones.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala en su Artículo 37 que "[...] para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento";

Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERU, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada;

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERU/SG, se aprobó la nueva versión de la Carta de Servicios de PROMPERU como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERU, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta para los servicios que correspondan y los descuentos aplicables;

Que, mediante el artículo 7º de la Resolución citada en el párrafo precedente, se dispuso la aplicación de los descuentos establecidos en la nueva versión de la Carta de Servicios de PROMPERU, para los servicios de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones"
y "Participación en Ruedas de Negocios, a partir del 1 de enero de 2016;

Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 148-2015-PROMPERU/SG se 568233 NORMAS LEGALES
Miércoles 9 de diciembre de 2015
El Peruano / dispuso la modificación temporal de los descuentos de ciertos servicios de la Dirección de Promoción de las Exportaciones comprendidos en la Carta de Servicios de PROMPERU para aquellos eventos que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2015; esta modificación temporal que incluye al servicio de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones", se dio como parte del Plan de Acción Conjunta: PROMPERU y las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior - OCEX, para contrarrestar la caída de las exportaciones no tradicionales peruanas;

Que, mediante los informes del visto, la Subdirección de Promoción de la Oferta Exportable sustenta la ampliación del periodo de vigencia de los descuentos extraordinarios aprobados para el servicio de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones", para aquellas ferias que se realicen hasta el 05 de julio de 2016; ello debido a que, en el periodo establecido inicialmente para estos descuentos, la medida no impactó en todos los sectores priorizados por PROMPERU, haciendo inviable una evaluación concluyente de su impacto en el desempeño de las exportaciones de la cartera de clientes de
PROMPERU;

Que, según lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario ampliar el periodo de vigencia de los descuentos extraordinarios aplicables al servicio de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones", así como suspender la entrada en vigencia de los descuentos establecidos para dicho servicio hasta el 05 de julio de 2016;

Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, modificada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año fiscal 2014, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal;

De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERU;

Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Suspender hasta el 05 de julio de 2016 la aplicación de los descuentos aprobados para el servicio de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones" establecidos en la sección correspondiente a la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la nueva versión de la Carta de Servicios de PROMPERU, dejando sin efecto para este servicio, lo dispuesto en el artículo 7º de Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERU/SG.

Artículo 2º.- Prorrogar la vigencia de la modificación temporal de los descuentos aplicables al servicio de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones"
aprobada mediante el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 148-2015-PROMPERU/SG, para aquellas ferias que se realicen hasta el 05 de julio de 2016.

Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación.

Artículo 4º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERU, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la entidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)

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