12/18/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 340-2015-VIVIENDA Autorizan Transferencias Financieras a favor de

Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2015-VIVIENDA Lima, 17 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio
Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2015-VIVIENDA
Lima, 17 de diciembre de 2015
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, mediante la Resolución Ministerial Nº 445-2014-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/. 4 488
740 633,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;

Que, el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12, de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento;
las mismas que según el numeral 12.2 de dicho artículo se efectúan mediante Resolución del titular del pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Memorando Nº 1213-2015-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicita gestionar el dispositivo que autorice diversas Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 15 765 947,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de doce (12) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño; para lo cual se han suscritos los convenios de financiamiento correspondientes en el marco del artículo 12 de la Ley Nº 30281; precisándose que las transferencias financieras serán atendidas con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano;

Que, con Memorando Nº 3626-2015/VIVIENDA-OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 579-2015/VIVIENDA-OGPP-OP , de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 15
765 947,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de doce (12) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas a financiar actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño, para lo cual se han suscrito los convenios de financiamiento correspondientes, en el marco del artículo 12 de la Ley Nº 30281; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente;

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, es necesario aprobar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 15 765 947,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de doce (12) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño;

De conformidad con lo establecido la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS EMAPA HUACHO S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN SETENTA Y
SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100
SOLES (S/ 1 077 886,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de la Provincia de Huaura "Domingo Mandamiento Sipán" - EMAPA HUACHO S.A., destinada al financiamiento de la adquisición y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y el Fenómeno El Niño.

Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS CHAVIN S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO
TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 136 495,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVIN S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 3.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS SELVA CENTRAL S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SETECIENTOS ONCE
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100
SOLES (S/ 711 956,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central S.A. - EPS
SELVA CENTRAL S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

568802 NORMAS LEGALES
Viernes 18 de diciembre de 2015 / El Peruano Artículo 4.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS NOR PUNO S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SEISCIENTOS OCHENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES (S/ 689 967,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Nor Puno Sociedad Anónima - EPS NOR PUNO S.A., destinada al financiamiento de la adquisición y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 5.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA
Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTIUNO Y 00/100
SOLES (S/ 658 721,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayaviri - Melgar - EPS AGUAS
DEL ALTIPLANO S.R.L., destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 6.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS EMSAPUNO S.A
Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN
QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1 533 806,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno S.A. - EMSAPUNO S.A, destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 7.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS EMAPICA S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN
MILLÓN NOVECIENTOS VEINTITRES MIL CIENTO
VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 1 923 128,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. - E.P.S. EMAPICA S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 8.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS SEDAPAR S.R.L.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y
UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100
SOLES (S/ 141 372,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Rioja S.R.L. - SEDAPAR S.R.L., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 9.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS MUNICIPAL MANTARO S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN SESENTA Y
TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100
SOLES (S/ 1 063 966,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anónima - EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 10.- Transferencia Financiera a favor de la EPS EMAPA CAÑETE S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOS MILLONES CIENTO
NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y
UNO Y 00/100 SOLES (S/ 2 197 671,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A.
- EMAPA CAÑETE S.A., destinada al financiamiento de la adquisición y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 11.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDA HUÁNUCO S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de TRES
MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS
CATORCE Y 00/100 SOLES (S/ 3 052 614,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima -
SEDA HUANUCO S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 12.- Transferencia Financiera a favor de la EPS EMAPISCO S.A.

Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN
QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 578 365,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco Sociedad Anónima - EMAPISCO
S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

Artículo 13.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en los artículos precedentes de la presente Resolución Ministerial, se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.

Artículo 14.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11
y 12 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 15.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realizan las presentes transferencias, en el marco de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.

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Viernes 18 de diciembre de 2015
El Peruano / Artículo 16.- Información Las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento señaladas en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la presente Resolución Ministerial, informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, según corresponda, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño, en el marco de los convenios suscritos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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