1/09/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 001-2016-INGEMMET/PCD Delegan diversas facultades en materia

Delegan diversas facultades en materia presupuestal a la Secretaría General del INGEMMET durante el Año Fiscal 2016 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 001-2016-INGEMMET/PCD Lima, 6 de enero de 2016 VISTO: El Informe Nº 001-2016-INGEMMET/SG-OPP de fecha 05 de enero de 2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho
Delegan diversas facultades en materia presupuestal a la Secretaría General del INGEMMET durante el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 001-2016-INGEMMET/PCD
Lima, 6 de enero de 2016
VISTO:

El Informe Nº 001-2016-INGEMMET/SG-OPP de fecha 05 de enero de 2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 035-2007-EM;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, prevé que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegarse dicha facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Ley Nº 30372, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Que, el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; señala que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la entidad y del Pliego Presupuestal del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, teniendo entre sus funciones y responsabilidades dirigir y supervisar la marcha institucional y representar al Consejo Directivo ante las autoridades del Sector y ante otras instituciones públicas y privadas;

Que, asimismo, el artículo 9º del ROF del INGEMMET
establece que la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa de la entidad;

Que, con la finalidad de coadyuvar a una mejor gestión en la administración de los recursos asignados, en materia presupuestal, que permitan al INGEMMET
cumplir de forma eficiente y eficaz con las funciones de su competencia; así como, con los objetivos y metas trazadas en los instrumentos de gestión, resulta pertinente delegar en la Secretaría General determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego durante el Año Fiscal 2016;

Con las visaciones de la Secretaría General y de los Directores de las Oficinas de Administración, Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 7º del Decreto 575070 NORMAS LEGALES
Sábado 9 de enero de 2016 / El Peruano Supremo Nº 035-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Delegar a la Secretaría General del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET
durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades en materia presupuestal:

1.1 Aprobar la formalización de Notas para Modificaciones Presupuestarias en el nivel Funcional Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411.

1.2 Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de Desempeño, establecida en la Directiva Nº 005-2012-EF/50.1 "Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2012" aprobado por Resolución Directoral Nº 017-2012-EF/50.01, según lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 016-2015-EF/50.01 de fecha 30 de junio de 2015.

1.3 Aprobar las Directivas internas en el marco de la Ley de Presupuesto y sus modificatorias.

Artículo 2º.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.

Artículo 3º.- La Secretaría General deberá dar cuenta a la Presidencia del Consejo Directivo del INGEMMET, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en el Artículo 1º de la presente Resolución.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA G. VILCA ACHATA
Presidenta del Consejo Directivo

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