1/07/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2016-MINEDU Dejan sin efecto R.M. N° 0293-2013-ED

Dejan sin efecto R.M. Nº 0293-2013-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2016-MINEDU Lima, 6 de enero de 2016 Vistos, el Informe Nº 090-2015-MINEDU/VMGP-DIGESU; y, el Informe Nº 1008-2015-MINEDU/SG-OGAJ CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0293-2013-ED de fecha 12 de junio de 2013, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, la misma que quedó integrada por Enrique Castro y Céspedes, Presidente; Gustavo
Dejan sin efecto R.M. Nº 0293-2013-ED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2016-MINEDU
Lima, 6 de enero de 2016
Vistos, el Informe Nº 090-2015-MINEDU/VMGP-DIGESU; y, el Informe Nº 1008-2015-MINEDU/SG-OGAJ
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0293-2013-ED de fecha 12 de junio de 2013, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, la misma que quedó integrada por Enrique Castro y Céspedes, Presidente; Gustavo Solís Fonseca, Vicepresidente Académico; y Florencia Adelina Arteaga Torres, Vicepresidenta Administrativa;

Que, la referida designación se realizó en el marco de lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 29616, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, modificada por la Ley Nº 29840, y la derogada Ley Nº 23733, Ley Universitaria;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1)
miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, de acuerdo al literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley;

Que, en ese sentido resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0293-2013-ED;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0293-2013-ED, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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