1/02/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 355-2015-VIVIENDA Aprueban los "Lineamientos para elaborar Planes de

Aprueban los "Lineamientos para elaborar Planes de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2015-VIVIENDA Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTOS, el Oficio Nº 285-2015-OTASS/DE de la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS y el Memorándum Nº 610-2015-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del
Aprueban los "Lineamientos para elaborar Planes de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2015-VIVIENDA
Lima, 30 de diciembre de 2015
VISTOS, el Oficio Nº 285-2015-OTASS/DE de la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS y el Memorándum Nº 610-2015-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 1 de la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificado por Decreto Legislativo Nº 1240, en adelante la Ley, referido a las competencias en materia de prestación de servicios de saneamiento, señala que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es el Ente Rector del sector saneamiento, correspondiéndole diseñar, normar y ejecutar la política nacional y las acciones del sector en materia de servicios de saneamiento;

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley, establece que el OTASS es el organismo encargado de ejecutar la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las EPS, la misma que se desarrolla a través de prestadores de servicios con autonomía empresarial, integración territorial y social; señalando en el literal f) del numeral 3 del citado artículo, que una de las funciones del OTASS es contribuir al fortalecimiento de capacidades en el sector saneamiento;

Que, el numeral 1 del artículo 34 de la Ley dispone que, a través del Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el Subsector Saneamiento - SFC u otro mecanismo aprobado por el ente rector, con recursos propios o provenientes de la cooperación internacional no reembolsable, el Ente Rector ejecuta programas de capacitación, asistencia técnica e innovación y transferencia tecnológica para la creación y fortalecimiento de capacidades en apoyo a la mejora de la gestión de los servicios de saneamiento;

Que, asimismo, el numeral 14.9 del artículo 14 del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece entre las funciones específicas del OTASS, el contribuir al fortalecimiento de capacidades a través del SFC u otro mecanismo aprobado por el Ente Rector;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, la Dirección de Saneamiento - DS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento - DGPRCS, tiene entre otras funciones, la de "c) Elaborar y difundir normas, reglamentos, planes, lineamientos, metodologías, directivas y procedimientos, entre otros, de alcance nacional, en materia de saneamiento";

Que, por Resolución Ministerial Nº 199-2006-VIVIENDA, se dispone, declarar de interés sectorial la creación del Sistema de Fortalecimiento de Capacidades - SFC para el Subsector Saneamiento;

Que, con Resolución Directoral Nº 033-2007-VIVIENDA/ VMCS-DNS se aprueban los Lineamientos de Política y el Marco Conceptual del Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el Subsector Saneamiento, así como el Reglamento de Conformación y Funcionamiento del SFC;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 074-2010-VIVIENDA/VMCS-DNS, se aprobaron los "Lineamientos para Elaborar el Plan de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento";

Que, por Resolución Ministerial Nº 336-2014-VIVIENDA
se aprueba el "Plan de Inversiones del Sector Saneamiento de Alcance Nacional 2014 - 2021;

Que, estando a la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30045, corresponde al Ente Rector aprobar, mediante Resolución Ministerial, las normas complementarias necesarias para la aplicación e implementación de dicho Reglamento, "(...) incluyendo las que deba emitir en coordinación con las entidades competentes, para la simplificación e integración de los diversos documentos o planes, que de acuerdo a normas específicas vigentes, las EPS deben preparar y presentar, (...)", entre otras, el Plan de Fortalecimiento de Capacidades;

574165 NORMAS LEGALES
Sábado 2 de enero de 2016
El Peruano / Que, en el marco de lo dispuesto por las normas antes citadas y el sustento técnico contenido en los Informes Nºs 036 y 242-2015-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS emitidos por la Dirección de Saneamiento de la DGPRCS, en el Informe Técnico Nº 011-2015-OTASS-DPGC e Informe Nº 055-2015-OTASS-DPGC ambos de la Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo del OTASS, es necesario aprobar los "Lineamientos para elaborar Planes de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento" así como derogar la Resolución Directoral Nº 074-2010-VIVIENDA/VMCS-DNS;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por Decreto Legislativo Nº 1240 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para elaborar Planes de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS", que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogar la Resolución Directoral Nº 074-2010-VIVIENDA/ VMCS-DNS, que aprobó los "Lineamientos para Elaborar el Plan de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento".

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección de Saneamiento, establecer los mecanismos de monitoreo y evaluación de la aplicación e impacto del Plan de Fortalecimiento de Capacidades Empresariales en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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