1/09/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 574-2015-MEM/DM Aprueban transferencia de concesión definitiva para

Aprueban transferencia de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica a favor de Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 574-2015-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 14302711, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Subestación ILO 3 de 220/138/13,8 kV, y la solicitud de transferencia de dicha concesión definitiva a favor de Southern Peru Copper Corporation,
Aprueban transferencia de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica a favor de Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 574-2015-MEM/DM
Lima, 30 de diciembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 14302711, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Subestación ILO 3 de 220/138/13,8
kV, y la solicitud de transferencia de dicha concesión definitiva a favor de Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú, persona jurídica inscrita en la Partida Nº 03025091 de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, Oficina Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 069-2012-EM, publicada el 4 de julio de 2012, se otorgó a favor de Abengoa Perú S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Subestación ILO 3 de 220/138/13,8 kV (en adelante, la Concesión Definitiva), ubicada en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 402-2012;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-2015-EM, publicada el 12 de mayo de 2015, se aprobó la Primera Modificación a la Concesión Definitiva;

Que, mediante el documento con Registro Nº 2555423 de fecha 24 de noviembre de 2015, Abengoa Perú S.A.
solicitó la transferencia de la Concesión Definitiva a favor de Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú;

Que, como sustento de la solicitud de transferencia, Abengoa Perú S.A. presentó el Contrato de Cesión de Posición Contractual y Cesión de Derechos entre Abengoa Perú S.A. y Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú, suscrito el 23 de septiembre de 2015, mediante el cual esta última asume todos los derechos y obligaciones relacionadas a la Concesión Definitiva en el marco del Contrato de Concesión Definitiva Nº 402-2012 y su modificatoria, así como las servidumbres establecidas a favor de la misma;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes;

Que, en tal sentido, procede aprobar la transferencia solicitada y, en consecuencia, tener como titular de la Concesión Definitiva a Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú, la que deberá inscribir el Contrato de Cesión de Posición Contractual y Cesión de Derechos, que motiva la presente Resolución Ministerial, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo emitido opinión la Dirección General de Electricidad mediante el Informe Nº 674 -2015-DGE-DCE;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1436 del Código Civil, en el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1221 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Subestación ILO 3 de 220/138/13,8
kV, que efectúa Abengoa Perú S.A. a favor de Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Tener como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente a Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú, a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, la que asumirá en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables.

Artículo 3.- El Ministerio dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una sola vez y por cuenta del nuevo titular, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas

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