1/10/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2016-DE/ Aprueban cargos vacantes de Auxliar de Agregaduría a ser

Aprueban cargos vacantes de Auxliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas y de la Marina de Guerra del Perú en las Agregadurías de Defensa en Misión Diplomática en el exterior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2016-DE/ Lima, 9 de enero de 2016 575137 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2016 El Peruano / VISTO, el informe Nº 123-2015-DGRIN-AL del 04 de diciembre de 2015 del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que
Aprueban cargos vacantes de Auxliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas y de la Marina de Guerra del Perú en las Agregadurías de Defensa en Misión Diplomática en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2016-DE/
Lima, 9 de enero de 2016
575137 NORMAS LEGALES
Domingo 10 de enero de 2016
El Peruano / VISTO, el informe Nº 123-2015-DGRIN-AL del 04 de diciembre de 2015 del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y,
CONSIDERANDO:

Que el personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática brinda un servicio de naturaleza pública relacionado a los aspectos de seguridad y defensa en las diversas Misiones Diplomáticas del Perú, sujetándose a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables;

Que, dentro de los cargos que desempeña el personal militar de las Fuerzas Armadas se encuentra el de Auxiliar de Agregadurías que es ejercido por un técnico de las Fuerzas Armadas;

Que, el inciso a) del artículo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, establece que el Ministro de Defensa aprobará el número de vacantes y la propuesta de cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática;

Que, el inciso b) del artículo mencionado en el considerando anterior señala que los cargos a desempeñar por el personal militar, se establecerán mediante resolución suprema, refrendada por el Ministro de Defensa;

Que, la propuesta tendrá en consideración la dependencia técnica, logística y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes países, Organismos Internacionales y entidades especializadas;

Que, mediante Oficio Nº 2506/W - c 3, del 23 de julio de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017;

Que, mediante oficio G.500 - 0537, del 28 de mayo de 2015, el Comandante General de la Marina remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017;

Que, mediante oficio G.500 - 1033, del 20 de noviembre de 2015, el Comandante General de la Marina remite información adicional modificando la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017;

Que, mediante oficio NC-35-CGFA-EMAI-Nº 3846, del 05 de agosto de 2015, el Secretario General de la FAP
remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017;

Que el artículo 9º del mismo reglamento dispone que el nombramiento del personal militar es por un periodo máximo de dos años;

Que, es necesario dotar a las Agregadurías de personal técnico para que cumpla funciones administrativas, permitiendo su funcionamiento dentro de los niveles de seguridad correspondientes;

Que, en atención a lo antes expuesto es necesario aprobar los cargos de Auxiliar de las Agregadurías a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, a partir del 07 de marzo, 01 de julio, 01 de agosto y 16 de agosto de 2016, respectivamente, por un periodo máximo de dos (2)
años;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso (8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;
el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la situación militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; y el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 07 de marzo de 2016, y por un periodo máximo de dos (02) años, en las Agregadurías de Defensa en Misión Diplomática en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle:

1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República Argentina.

2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.

3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil.

4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en Canadá 5. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República de Colombia.

6. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia.

7. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República de Corea.

8. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en el Reino de España.

9. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América.

10. Auxiliar a la Agregaduría Aérea Adjunta a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América.

11. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América.

12. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia.

13. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Francesa.

14. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la República Francesa.

15. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Aérea a la Embajada del Perú en la República Italiana.

Artículo 2.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de julio de 2016 y por un periodo máximo de dos años en las Agregadurías de Defensa en Misión Diplomática en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle:

1. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Argentina, concurrente a la República Oriental del Uruguay.

2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.

3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil.

4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia.

5. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Canadá.

6. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Corea.

7. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China.

8. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.

9. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia.

575138 NORMAS LEGALES
Domingo 10 de enero de 2016 / El Peruano 10. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa.

11. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel.

12. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India.

Artículo 3.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de la Marina de Guerra del Perú, a partir del 01 de agosto de 2016 y por un periodo máximo de dos años en las Agregadurías de Defensa en Misión Diplomática en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle:

1. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina.

2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.

3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil.

4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en Canadá.

5. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Artículo 4.- Aprobar el cargo de Auxiliar de Agregaduría vacante a ser desempeñado por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 16 de agosto de 2016 y por un periodo máximo de dos años, de acuerdo al siguiente detalle:

1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de Sudáfrica.

Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias de la Institución respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa

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