2/16/2016

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 017-2016-VMPCIC-MC Declaran bien integrante del Patrimonio Cultural

Declaran bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 017-2016-VMPCIC-MC Lima, 12 de febrero de 2016 Vistos, el Informe Técnico Nº 2430-2015-DSFL-DGPA/ MC y el Informe Nº 627-2014-DGPA-VMPCIC/MC, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que,
Declaran bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 017-2016-VMPCIC-MC
Lima, 12 de febrero de 2016
Vistos, el Informe Técnico Nº 2430-2015-DSFL-DGPA/ MC y el Informe Nº 627-2014-DGPA-VMPCIC/MC, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, indica que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565;

Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional;

Que, mediante Informe Técnico Nº 0471-2013-DSFL-DGPAI/MC, de fecha 21 de agosto de 2013, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informa sobre los trabajos de registro y delimitación de Monumentos Arqueológicos ubicados en los distrito de Carabayllo, entre ellos, el Sitio Arqueológico Cerro Huarangal, el marco del Plan piloto de delimitaciones de Lima Metropolitana;

Que, a través del Informe Técnico Nº 1797-2014-DSFL-DGPA/MC, de fecha de 25 de julio de 2014, se informa sobre la labor de delimitación y elaboración del Expediente Técnico del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el distrito de Carabayllo;

Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral Nº 402378673, de fecha 17 de diciembre de 2014, la Oficina Registral Nº IX - Sede Lima, señala que el predio de 200009.08 m2, que comprende al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, se visualiza comprendido en el ámbito del predio mayor inscrito en la Partida PE Nº 13180692 del Registro de la Propiedad Inmueble, cuya propiedad fue inscrita a favor de los señores Alberto Eduardo Samaniego Baquerizo y Carlos Eleuterio Vargas Rubio;

Que, con Oficio Nº 138-2015-DSFL-DGPA/MC, de fecha 5 de febrero de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, notifica al señor Carlos Eleuterio Vargas Rubio, sobre el procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Cerro Huarangal otorgándole un plazo diez (10) días hábiles para efectos de presentar, de considerarlo necesario alegaciones que estime pertinente;

Que, mediante Oficio Nº 139-2015-DSFL-DGPA/MC de fecha 5 de febrero de 2015, recibido el 7 de febrero de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informa al señor Alberto Eduardo Samaniego Baquerizo, sobre el procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Cerro Huarangal otorgándosele un plazo de diez (10)
días hábiles para efectos de presentar de considerarlo necesario, las alegaciones que estime pertinente;

Que, mediante Informe Técnico Nº 0751-2015-DSFL-DGPA/MC, de fecha 25 de marzo de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura, informa de los resultados del Certificado de Búsqueda Catastral ante la Oficina Registral Nº IX -Sede 578153 NORMAS LEGALES
Martes 16 de febrero de 2016
El Peruano / Lima de los Registros Públicos, del cumplimiento de las notificaciones correspondientes y del vencimiento del plazo otorgado sin que los titulares registrales hayan presentado las alegaciones correspondientes conforme a ley;

Que, mediante Informe Técnico Nº 2430-2015-DSFL-DGPA/MC de fecha 7 de octubre de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, informa sobre la conclusión del procedimiento de saneamiento físico incluida la búsqueda registral realizada en la SUNARP
y notificaciones respectivas en referencia al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, con la clasificación del Sitio Arqueológico ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, recomendando;

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico siguiente:

Departamento Lima Provincia Lima Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS 84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Cerro Huarangal Carabayllo 281 207.4980 8693168.5330
Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del monumento arqueológico prehispánico, de acuerdo al plano, área y perímetro que a continuación se consignan:

Nombre del Sitio Arqueológico Nº de plano en Datum
WGS 84
Área (m 2
)
Área (ha)
Perímetro (m)
Cerro Huarangal
PP-065-MC_DGPC/
DA-2013 WGS84
200 009.08 20.0009 1 653.66
Que, estando a los Informes Técnicos elaborados por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, se determina la condición cultural como Asentamiento Prehispánico del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, por ende se advierte la necesidad de aprobar el Expediente Técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Decreto Supremo Nº 003-2014-MC que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, con clasificación de Sitio Arqueológico según los datos señalados en el siguiente cuadro:

Departamento Lima Provincia Lima Nombre del Sitio Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Cerro Huarangal Carabayllo 281 207.4980
8 693
168.5330
Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes:

Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84
Área (m2)
Área (ha)
Perímetro (m)
Cerro Huarangal
PP-065-MC_DGPC/
DA-2013 WGS84
200 009.08 20.0009 1 653.66
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el Artículo 1 y los planos señalados en el Artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 4º.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo para efectos que el Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen.

Artículo 5º.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a los propietarios, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.