3/11/2016

DECRETO SUPREMO N° 044-2016-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado DECRETO SUPREMO Nº 044-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; Que, la Ley Nº 30225,
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 044-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 059:

Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE;

Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado en su artículo 52 establece las funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, entre las cuales destaca la de velar y promover que las Entidades realicen contrataciones eficientes, bajo los parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias; la maximización del valor de los fondos públicos y la gestión por resultados; efectuar acciones de supervisión de oficio, de forma aleatoria y/o selectiva, respecto de los métodos de contratación contemplados en la Ley, así como supervisiones a pedido de parte, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y directivas vigentes; implementar actividades y mecanismos de desarrollo de capacidades y competencias en la gestión de las contrataciones del Estado, así como de difusión en materia de contrataciones del Estado; resolver los asuntos de su competencia en última instancia administrativa;
administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), entre otras;

Que, mediante Resolución Nº 236-2012-OSCE/PRE
se aprueba el Plan Estratégico Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE para el período 2012-2016, el cual contempla el desarrollo de cinco objetivos estratégicos centrados en mejorar su rol supervisor del régimen de contratación pública, para lo cual se han establecido planes de acción estratégica para el Año Fiscal 2016;

Que, las Oficinas de Planeamiento y Desarrollo, y la de Administración del Organismo Supervisor de las 580460 NORMAS LEGALES
Viernes 11 de marzo de 2016 / El Peruano Contrataciones del Estado - OSCE mediante Informes Nº 005-2016/OPD y Memorando Nº 087-2016/OA, respectivamente, sustentan la solicitud de recursos adicionales a su presupuesto hasta por la suma de NUEVE
MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 9 799 548,00) que permitirán la adquisición de activos no financieros, a fin de complementar la implementación de acciones específicas establecidas en su Plan Estratégico Institucional 2012-2016, las cuales involucran el incremento del financiamiento del Programa Presupuestal "Contrataciones Públicas Eficientes", con la finalidad de contribuir a una mejora cualitativa en su gestión tecnológica de soporte al régimen de contratación pública, en mérito de lo cual mediante Oficio Nº 282-2016-OSCE/SG el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF , establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de NUEVE
MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 9
799 548,00) con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de NUEVE MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y
OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 9 799 548,00) a favor del pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, para financiar los gastos de capital que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 9 799 548,00
-------------------TOTAL EGRESOS 9 799 548,00
===========
En Soles
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 059 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0034 : Contrataciones Públicas Eficientes PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5004081 : Mantenimiento e implementación de sistemas de las contrataciones públicas
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 9 799 548,00
-------------------TOTAL PLIEGO 9 799 548,00
===========
TOTAL EGRESOS 9 799 548,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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