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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 45-2016/JNAC/RENIEC Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que
3/30/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 45-2016/JNAC/RENIEC Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que
Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima al RENIEC, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento de los años 1900 a 1950 y de 1956 a 1960, que comprende libros de actas y títulos archivados RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 45-2016/JNAC/RENIEC Lima, 29 de marzo de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 000015-2016/GPRC/SGPRC/ RENIEC (05ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Procesamiento de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 45-2016/JNAC/RENIEC
Lima, 29 de marzo de 2016
VISTOS:
El Memorando Nº 000015-2016/GPRC/SGPRC/ RENIEC (05ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Procesamiento de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Memorando Nº 000087-2016/GPP/RENIEC (14ENE2016), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 000004-2016/GPP/SGPL/RENIEC (14ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 000065-2016/ GPP/SGP/RENIEC (14ENE2016), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando Nº 000276-2016/GOR/ RENIEC (10FEB2016), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe Nº 000109-2016/ GPRC/SGIRC/RENIEC (29FEB2016), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles y el Informe Nº 000022-2016/GPRC/RENIEC (07MAR2016), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM;
Que, con Resolución Jefatural Nº 510-2010-JNAC/ RENIEC (09JUN2010), se revocó a partir del 12 de Julio del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44º de la Ley Nº 26497
que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima;
581900 NORMAS LEGALES
Miércoles 30 de marzo de 2016 / El Peruano Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas) y títulos archivados perteneciente a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de la referida Municipalidad, a fin de realizar la transferencia del acervo documentario por tramos, diferenciándolos por tipo de registro, como una etapa previa a su incorporación;
empezando por la sección de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos;
Que, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 111º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1900 a 1950 y 1956 a 1960;
propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
Que, a través de los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Procesamiento de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles informa que cuenta con la capacidad suficiente para la digitalización de las actas, la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima;
Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1900 a 1950 y 1956 a 1960; debiéndose transferir también la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes;
Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1900 a 1920; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Jueves 31 de marzo del presente.
Artículo Segundo.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1921 a 1940; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 29 de abril del presente.
Artículo Tercero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1941 a 1950; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 27 de mayo del presente.
Artículo Cuarto.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1956 a 1960; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 24 de junio del presente.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario de la sección Nacimientos que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1900 a 1950 y 1956
a 1960, así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y los artículos primero, segundo, tercero y cuarto de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
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