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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2016-MINAM Aprueban la "Guía General para el Plan de Compensación
3/14/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2016-MINAM Aprueban la "Guía General para el Plan de Compensación
Aprueban la "Guía General para el Plan de Compensación Ambiental" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2016-MINAM Lima, 11 de marzo de 2016 Visto, el Memorando Nº 126-2016-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe Nº 044-2016-MINAM-VMGA/DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, el Memorando Nº 161-2016-MINAM/SG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2016-MINAM
Lima, 11 de marzo de 2016
Visto, el Memorando Nº 126-2016-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe Nº 044-2016-MINAM-VMGA/DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, el Memorando Nº 161-2016-MINAM/SG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida;
Que, el Artículo VI de la citada Ley Nº 28611, referido al Principio de Prevención, señala que la gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental; cuando no sea posible eliminar las causas que la generan, se adoptan las medidas de mitigación, recuperación, restauración o eventual compensación, que correspondan;
Que, el numeral 24.1 del artículo 24 de la acotada Ley señala que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental -
580801 NORMAS LEGALES
Lunes 14 de marzo de 2016
El Peruano / SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional;
Que, mediante la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, se crea el SEIA como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión;
Que, el artículo 10 de la citada Ley Nº 27446, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1078, señala que de conformidad con lo que establezca el Reglamento de la Ley y con los términos de referencia que en cada caso se aprueben, los estudios de impacto ambiental deberán contener, entre otros, la estrategia de manejo ambiental o la definición de metas ambientales, incluyendo, según sea el caso, el plan de manejo, el plan de contingencias, el plan de compensación y el plan de abandono o cierre;
Que, dentro del Anexo I del Reglamento de la Ley Nº 27446, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM y sus modificatorias, se define a la compensación ambiental como las medidas y acciones generadoras de beneficios ambientales proporcionales a los daños o perjuicios ambientales causados por el desarrollo de los proyectos; siempre que no se puedan adoptar medidas de prevención, corrección, mitigación, recuperación y restauración eficaces;
Que, el literal f) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece como una de las funciones del Ministerio del Ambiente dirigir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental;
Que, de conformidad con el literal f) del artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, el Ministerio del Ambiente es responsable de aprobar normas, guías, directivas y otros dispositivos legales y técnicos para orientar el funcionamiento del SEIA;
Que, con Resolución Ministerial Nº 398-2014-MINAM
se aprobaron los Lineamientos para la Compensación Ambiental en el marco del SEIA que tiene por objeto definir la formulación y elaboración del Plan de Compensación Ambiental de los Estudios de Impacto Ambiental detallados, en los casos que sea aplicable, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental;
Que, bajo ese contexto, se ha elaborado la "Guía General para el Plan de Compensación Ambiental", que complementa los lineamientos aprobados, y desarrolla los principales aspectos relacionados con la compensación ambiental durante el levantamiento de la información de la línea base, la identificación y caracterización de impactos ambientales y, particularmente, las medidas que debe contener el Plan de Compensación Ambiental;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; de la Secretaría General; de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1078; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la "Guía General para el Plan de Compensación Ambiental" que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
La presente resolución y su Anexo serán publicados, asimismo, en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
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