Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2016-MC Aprueban modificación del Tarifario de los Servicios No
3/20/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2016-MC Aprueban modificación del Tarifario de los Servicios No
Aprueban modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2016-MC Lima, 18 de marzo de 2016 Visto, el Informe Nº 000165-2016-OGPP-SG/ MC emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y con
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2016-MC
Lima, 18 de marzo de 2016
Visto, el Informe Nº 000165-2016-OGPP-SG/ MC emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica. Constituye pliego presupuestal del Estado;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, el cual describe y precisa, la naturaleza, estructura y funciones de la Entidad;
Que, el último párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;
Que, los servicios no prestados en exclusividad del Ministerio de Cultura, forman parte de la oferta existente en el mercado, y contribuyen a la generación de ingresos propios en beneficio de la preservación y conservación del patrimonio monumental arqueológico e histórico, integrantes de nuestro patrimonio cultural;
Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 469-2015-MC de fecha 29 de diciembre de 2015, aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2016, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos, para su aplicación en el Ejercicio Fiscal 2016;
Que, mediante el Memorando Nº 000095-2016/DGIA/ VMPCIC/MC, de fecha 17 de marzo de 2016, el Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, solicita modificar el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2016, en lo que respecta a los servicios que se brinda por participación de los Elencos Nacionales;
Que, a través del Informe Nº 000165-2016/OGPP/SG/ MC de fecha 18 de marzo de 2016, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable a la propuesta planteada por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes para la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, para el Ejercicio Fiscal 2016, la cual garantiza en lo que respecta a la participación de los Elencos Nacionales, un eficiente desarrollo de sus actividades artísticas;
Estando a lo visado por el Secretario General, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29565 - Ley de creación del Ministerio de Cultura, y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2016, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 469-2015-MC, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos, Museos y Museos de Sitio a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos; como resultado de la determinación de los nuevas tarifas por los servicios de participación de los Elencos Nacionales, según se detalla a continuación:
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO TARIFA
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y ARTES
UNIDAD ORGÁNICA: DIRECCIÓN DE ELENCOS NACIONALES
GENERAL
PREFEREN-CIAL
1 PARTICIPACIÓN DE LOS ELENCOS
NACIONALES EN FUNCIÓN ÚNICA
1.1 Concierto de la Orquesta Sinfónica Na-cional 40,100.50 26,541.30
1.2 Concierto de la Orquesta Sinfónica Na-cional Juvenil 14,903.60 7,176.00
1.3 Concierto del Coro Nacional 17,661.50 10,886.60
1.4 Concierto del Coro Nacional de Niños 12,748.00 5,359.00
1.5 Función del Elenco Nacional del Folclore 30.457.00 10,520.00
2 PARTICIPACIÓN DE LOS ELENCOS
NACIONALES EN MÁS DE UNA
FUNCIÓN
2.1 Concierto de la Orquesta Sinfónica Na-cional 26,733.60 17,694.20
2.2 Concierto de la Orquesta Sinfónica Na-cional Juvenil 7,451.80 3,588.00
2.3 Función del Ballet Nacional 21,381.20 7,518.80
2.4 Función de Ópera del Coro Nacional 21,694.00 10,886.60
2.5 Concierto del Coro Nacional 17,661.50 10,886.60
2.6 Función de la Ópera del Coro Nacional de Niños 8,574.00 2,679.50
2.7 Concierto del Coro Nacional de Niños 6,374.00 2,679.50
2.8 Función del Elenco Nacional del Folclore 27,688.10 9,563.60
3 ENSAYOS PARA LA PARTICIPACIÓN
DE LOS ELENCOS NACIONALES POR
DÍA
581356 NORMAS LEGALES
Domingo 20 de marzo de 2016 / El Peruano 3.1 Ensayo por día para Concierto de la Orquesta Sinfónica Nacional 13,366.80 8,847.10
3.2 Ensayo por día para Concierto de la Orquesta Sinfónica Nacional Juvenil 7,451.80 3,588.00
3.3 Ensayo por día para Función del Ballet Nacional 2,138.10 751.90
3.4 Ensayo por día para Función de Ópera del Coro Nacional 2,169.40 1,088.70
3.5 Ensayo por día para Concierto del Coro Nacional 1,766.10 1,088.70
3.6 Ensayo por día para Función de Ópera del Coro Nacional de Niños 4,287.00 1,339.70
3.7 Ensayo por día para Concierto del Coro Nacional de Niños 3,187.00 1,339.70
3.8 Ensayo por día para función del Elenco Nacional de Folclore 2,768.80 956.40
Nota: Los requisitos para la solicitud de cada servicio son los siguientes:
- Solicitud dirigida a la Dirección de Elencos Nacionales.
- Comprobante de pago por derecho de participación, previa confirmación de disponibilidad.
- Suscripción de contrato.
Los organizadores asumirán los siguientes gastos:
- Organización y producción general del evento.
- Transporte del personal artístico y técnico.
- Traslado de instrumental y/o vestuario.
- Difusión del evento Se indica también, que es preciso indicar que el número de ensayos será definido por el Director Artístico del Elenco requerido.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Anexo 3 que forma parte integrante de la Resolución Ministerial Nº 469-2015-MC, el cual consigna el detalle de los servicios por las giras que brinda los Elencos Nacionales.
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)