4/21/2016

DECRETO SUPREMO N° 085-2016-EF

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular DECRETO SUPREMO Nº 085-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 034-2015-MINEDU se
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular
DECRETO SUPREMO Nº 085-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 034-2015-MINEDU se aprueba el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, el cual tiene como finalidad mejorar las condiciones para el desarrollo físico-deportivo de los estudiantes del país y contrarrestar los retos de un futuro sedentario, reduciendo los índices de obesidad, diabetes, depresión y problemas cardiovasculares que presentan una tendencia creciente;
siendo que la educación física juega un papel determinante en el proceso de equipar a los individuos con las habilidades físico-corporales que les permitan desenvolverse eficientemente, logrando ciudadanos con hábitos de vida activa, sana y habilidades para la alta competencia, para lo cual se propone una estrategia de renovación de la Educación Física y el Deporte Escolar en todas las Instituciones Educativas del país, que garantice el desarrollo adecuado de capacidades y competencias físicas de los estudiantes;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 095-2015-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas y Procedimientos para la Contratación de Servicio Docente de Profesores de Educación Física para el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar para el año 2016" la cual tiene como uno de sus objetivos el establecer criterios técnicos que garanticen un adecuado proceso de evaluación, selección y contratación de los profesores de educación física en las Instituciones Educativas Núcleo, que contribuyan al aprendizaje y formación integral del educando, así como garantizar el pago oportuno de sus remuneraciones;

Que, asimismo, mediante Resolución Viceministerial Nº 096-2015-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016", la cual tiene como objetivos el establecer normas para la organización del servicio educativo que se brindará en el año 2016 en el marco del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar y establecer criterios para la adecuación de infraestructura, capacitación y dotación de materiales a las instituciones educativas beneficiadas con el citado Plan;

Que, el artículo 16 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone, que a partir de la vigencia de la citada Ley, la evaluación y validación de las necesidades de nuevas plazas de docentes, personal directivo, personal jerárquico, auxiliares de educación y personal administrativo de instituciones educativas públicas, por parte del Ministerio de Educación, se debe realizar sobre la base de un padrón nominado de alumnos registrados en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE), conforme a una distribución de estas plazas en función a la demanda educativa debidamente sustentada y habiendo efectuado previamente una racionalización de la asignación de plazas en el respectivo ámbito regional, según corresponda, en el marco del sistema de ordenamiento y/o incremento de plazas docentes, implementado conforme al numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; asimismo, dispone que los recursos previstos en el pliego Ministerio de Educación para su financiamiento son transferidos a los gobiernos regionales correspondientes, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación a propuesta de este último;

Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, asimismo se señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se efectúen en el marco del presente numeral para el financiamiento de proyectos de inversión, sólo se aprueban, previa suscripción de convenio, hasta el segundo trimestre del año fiscal correspondiente, no estando sujetos a dicho plazo las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se aprueben para el financiamiento de productos;

Que, mediante Oficio Nº 104-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID e Informe Nº 035-2015-MINEDU/ VMGP-DEFID-FOGL, la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación informa que ha validado las nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular, por lo cual solicita el financiamiento de las citadas plazas en los Gobiernos Regionales; asimismo, señala que mediante Memorandum Nº 098-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docentes validó el costo de la referida contratación;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 149-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que ha realizado el análisis del requerimiento de financiamiento formulado, por lo que ha deducido del costo total propuesto los recursos correspondientes a dieciséis (16) plazas los cuales fueron programados en el Presupuesto Institucional de Apertura 2016 de los respectivos pliegos Gobiernos Regionales como continuidad al financiamiento que se brindó a las mismas durante los años 2014 y 2015 mediante los Decretos Supremos Nºs 047-2014-EF y 035-2015-EF, respectivamente; asimismo, indica que la validación del financiamiento de las nuevas plazas de docentes se ha efectuado tomando en consideración el criterio establecido en el numeral 5.5 de la Norma Técnica denominada "Normas para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016";

Que, asimismo, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para el financiamiento de la contratación de las nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 00457-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de OCHO MILLONES
TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100
SOLES (S/ 8 032 902,00), del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, 583819 NORMAS LEGALES
Jueves 21 de abril de 2016
El Peruano / para financiar la contratación de quinientos catorce (514) nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular, en el marco del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar;

Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de OCHO MILLONES
TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100
SOLES (S/ 8 032 902,00), del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de 514 (quinientos catorce)
nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular, en el marco del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar;

De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de OCHO MILLONES TREINTA Y
DOS MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 SOLES (S/ 8
032 902,00) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de quinientos catorce (514) nuevas plazas de docentes de educación física de los niveles de educación primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular, en el marco del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8 032 902,00
TOTAL EGRESOS 8 032 902,00
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8 032 902,00
TOTAL EGRESOS 8 032 902,00
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego, se detallan en el Anexo "Transferencia para el financiamiento de nuevas plazas 2016 del Plan de Fortalecimiento de la Educación Física" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de abril del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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