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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 060-2016-CONCYTEC-P Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor
4/25/2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 060-2016-CONCYTEC-P Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor
Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 060-2016-CONCYTEC-P Lima, 21 de abril de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 06-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 078-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 099-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 79-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 060-2016-CONCYTEC-P
Lima, 21 de abril de 2016
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 06-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 078-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 099-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 79-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que 584118 NORMAS LEGALES
Lunes 25 de abril de 2016 / El Peruano haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva);
Que, mediante Oficio Nº 078-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita se autorice el otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 269,205.12, a favor de las siguientes personas jurídicas privadas: Universidad Peruana Cayetano Heredia, Instituto de Medicina Tropical Alexander Von Humboldt de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. y Waira Energía S.A.C., ganadoras del Concurso "Primera Convocatoria Conjunta ERANet-LAC para el Financiamiento de Proyectos Colaborativos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación", conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 112-2015-FONDECYT-DE, del 17 de agosto del 2015;
Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 06-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 269,205.12, a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/ 186,252.00), el Instituto de Medicina Tropical Alexander Von Humboldt de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/. 9,564.00), la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. (S/ 65,557.12), y Waira Energía S.A.C. (S/ 7,832.00), para cofinanciar programas en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal.
Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000230, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 112-2015-FONDECYT-DE, copia de los Convenios de Subvención Nº 082, Nº 083, Nº 084, Nº 085 y Nº 086-2015-FONDECYT;
Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 06-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso "Primera Convocatoria Conjunta ERANet-LAC para el Financiamiento de Proyectos Colaborativos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación", así como en los Convenios señalados en el considerando precedente, y en la normativa vigente sobre la materia;
Que, mediante Informe Nº 099-2016-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de S/ 269,205.12, con el cual se cofinanciarán los programas en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 06-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;
Que, con el Informe Nº 79-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa(e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 06-2016 -FONDECYT-UPP-UAJ-USM, y en el Informe Nº 099-2016-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;
Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 269,205.12 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Doscientos Cinco y 12/100
Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Nº Tipo de Cofinanciamiento Programa o proyecto Programa o proyecto Institución Monto aprobado S/. (En Soles)
Monto Total S/. (En Soles)
1
Subvención a personas jurídicas privadas Programa "Detecting drug resistant Mycobacterium Tuberculosis with low-cost next generation technology"
Universidad Peruana Cayetano Heredia 56,800.00
186,252.00
Programa "Screening marine microalgae and terrestrial bacteria; in search of novel compounds of potential medicinal and other industrial values"
129,452.00
Programa "Recognition of the primary infection by Pheumocystis in infants: a silent threat to public health"
Instituto de Medicina Tropical Alexander Von Humboldt de la Universidad Peruana Cayetano Heredia 9,564.00 9,564.00
Programa "Detecting drug resistant Mycobacterium Tuberculosis with low-cost next generation technology"
Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
S.A.C.
65,557.12 65,557.12
Programa "Efficient energy management in industrial microgrids with high penetration of PV tecnology"
Waira Energía S.A.C. 7,832.00 7,832.00
Monto Total S/ 269,205.12
584119 NORMAS LEGALES
Lunes 25 de abril de 2016
El Peruano / Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA ORJEDA
Presidente
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