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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2016/MINSA 583888 NORMAS LEGALES Viernes 22 de abril de 2016 / El

Modifican el TUPA del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2016/MINSA Lima, 19 de abril del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-025842-001, que contiene el Memorándum Nº 0280-2016-OGPPM-OOM/MINSA y el Informe Nº 033-2016-OGPPM-OOM/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 001-2016-SA, se aprobó el Texto Único de Procedimientos
Modifican el TUPA del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2016/MINSA
Lima, 19 de abril del 2016
Visto, el Expediente Nº 16-025842-001, que contiene el Memorándum Nº 0280-2016-OGPPM-OOM/MINSA y el Informe Nº 033-2016-OGPPM-OOM/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 001-2016-SA, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud;

Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad;

Que, el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley precitada establece que las disposiciones concernientes a la eliminación y simplificación de los procedimientos podrán aprobarse, entre otras, por resolución ministerial;

Que, asimismo, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, ha previsto que toda modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de los ministerios, que no impliquen la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, debe realizarse por Resolución Ministerial del Sector;

Que, por Resolución Ministerial Nº 242-2016/MINSA, se modificaron diversos procedimientos administrativos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas contenidos en el TUPA antes indicado, en el marco de la simplificación administrativa;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, cuya Tercera Disposición Complementaria Final dispone que el Ministerio de Salud en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles aprueba el T exto Único de Procedimientos Administrativos, en el marco de las funciones asignadas en dicho Decreto Supremo;

Que, con Informe Nº 033-2016-OGPPM-OOM/ MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización considera viable la modificación del TUPA del Ministerio de Salud, a efecto de actualizar la denominación de los órganos encargados de conocer los procedimientos en el marco del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA y simplificar algunos procedimientos administrativos a cargo de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, así como de las Direcciones de Salud II Lima Sur y IV Lima Este;

Que, con Informe Nº 429-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Dirección de Salud Lima II Sur y Director General (e) de la Dirección de Salud IV Lima Este, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2016-SA, a efecto de adecuar la denominación de los órganos responsables y competentes de conocer y resolver los procedimientos administrativos contenidos en el mencionado documento de gestión, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Modificar los procedimientos administrativos 07, 08, 09, 10, 14, 15, 20, 21, 22, 30, 36, 38, 39, 46, 47, 181, 182, 183, 193, 194 y 200 contenidos en el TUPA del Ministerio de Salud, así como eliminar los procedimientos administrativos 188, 189 y 190 del precitado TUPA, en el marco de la simplificación administrativa.

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud aprobado por el artículo 1 de la misma, se publican en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.aspfiop=115.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

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