5/17/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2016-PRODUCE Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2016-PRODUCE Lima, 16 de mayo de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 211-2016-ITP/DE de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, el Informe Nº 135-2016-PRODUCE/OGPP-OPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, el Informe Nº 035-2016-PRODUCE/OGAJ-kcarcamo
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2016-PRODUCE
Lima, 16 de mayo de 2016
VISTOS: El Oficio Nº 211-2016-ITP/DE de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, el Informe Nº 135-2016-PRODUCE/OGPP-OPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, el Informe Nº 035-2016-PRODUCE/OGAJ-kcarcamo de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo 92, se creó el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, con la finalidad de realizar investigaciones científicas y tecnológicas relacionadas con el manipuleo, la transformación y conservación de los recursos hidrobiológicos del mar y de las aguas continentales, con miras a lograr el racional aprovechamiento integral de los mismos y la óptima calidad de los productos que se obtengan; así como colaborar a elevar el nivel nutricional de la población, mediante la elaboración de productos de alto valor nutritivo;

Que, la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, publicada el 04 de diciembre de 2012, se dispone la modificación de la denominación del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP para ampliar los servicios de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica; así como promover en el sector productivo el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción, efectuar su promoción y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos;

Que, de conformidad con el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, se establece que el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP es un Organismo Técnico Especializado - OTE, adscrito al Ministerio de la Producción, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los CITE. Conforme al artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, se establece que los CITE públicos son órganos desconcentrados del ITP, los mismos que ejercen autonomía técnica, los objetivos y funciones, en el marco del Decreto Legislativo antes mencionado;

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, el cual contiene la estructura orgánica y las funciones de la citada entidad;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 051-2016-ITP/ DE la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del citado organismo;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE;

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;

Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y modificatorias, con la cual se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSR, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE, dispone que la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional se realiza considerando el Clasificador de Cargos de la entidad;
en tal sentido, se hace necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Tecnológico de la Produccion - ITP, concordante con el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP , recientemente aprobado;

Que, el numeral 4.2 de la precitada Directiva establece que durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la misma, cuando una norma sustantiva ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su Cuadro para Asignación de Personal - CAP vigente mediante un CAP Provisional en un plazo máximo de tres (03) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la norma publicada;

587460 NORMAS LEGALES
Martes 17 de mayo de 2016 / El Peruano Que, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP , aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, fue publicado con fecha 28 de abril de 2016, por lo que se cumple con el supuesto de excepción antes indicado;

Que, en concordancia con lo establecido en el numeral 3.1 del Anexo 4 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de algunas modificaciones de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad —
CPE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, a través del Informe Nº 052-2016-SERVIR/GDSRH, emite opinión favorable respecto del proyecto de Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional)
presentado por el Instituto Tecnológico de la Produccion - ITP;

Que, en ese sentido, y atención a lo previsto en el numeral 5.5.2 de la acotada Directiva, corresponde emitir la Resolución Ministerial que apruebe el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP;

Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y modificatorias, con la cual se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSR, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de algunas modificaciones de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, debe publicarse su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP (www.itp.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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