6/02/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2016-VIVIENDA Autorizan transferencia financiera del Programa

Autorizan transferencia financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de EMSAPUNO S.A., destinada al financiamiento de alquiler de camiones cisternas y otros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2016-VIVIENDA Lima, 30 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados,
Autorizan transferencia financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de EMSAPUNO S.A., destinada al financiamiento de alquiler de camiones cisternas y otros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2016-VIVIENDA
Lima, 30 de mayo de 2016
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante la Resolución Ministerial Nº 344-2015-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 760 180
049,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;

Que, en el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; las mismas que según el numeral 15.2 de dicho artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano Que, con el Memorándum Nº 581-2016-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicita gestionar el dispositivo que autorice una transferencia financiera a favor de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima (EMSAPUNO S.A.), por el importe de S/ 866 697,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento del alquiler de camiones cisternas y de la adquisición de agua potable y combustible, para la continuidad del suministro y abastecimiento del agua potable en las localidades de Coata y Capachica de la provincia de Puno, por el periodo de 06 meses; en el marco del artículo 15 de la Ley Nº 30372; precisando que la transferencia financiera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano;

Que, con Memorando Nº 1217-2016/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 247-2016/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 866 697,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS
EMSAPUNO S.A., destinada al financiamiento del alquiler de camiones cisternas y de la adquisición de agua potable y combustible, para la continuidad del suministro y abastecimiento de agua potable en las localidades de Coata y Capachica de la provincia de Puno, por el periodo de 06 meses, para lo cual se ha suscrito la Adenda Nº 01 al Convenio Nº 969-2015-VIVIENDA/VMCS/ PNSU; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente;

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley Nº 30372, es necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 866 697,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS EMSAPUNO
S.A., destinada al financiamiento del alquiler de camiones cisternas y de la adquisición de agua potable y combustible, para la continuidad del suministro y abastecimiento del agua potable en las localidades de Coata y Capachica de la provincia de Puno, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 588530 NORMAS LEGALES
Jueves 2 de junio de 2016 / El Peruano 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de OCHOCIENTOS SESENTA
Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES (S/ 866 697,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima (EMSAPUNO S.A.), destinada al financiamiento del alquiler de camiones cisternas y de la adquisición de agua potable y combustible, para la continuidad del suministro y abastecimiento del agua potable en las localidades de Coata y Capachica de la provincia de Puno, por el periodo de seis (06) meses.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016.

Artículo 5.- Información La Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno S.A. (EMSAPUNO S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, en el marco del convenio y de la adenda suscritos por las partes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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