6/12/2016

RESOLUCIÓN SMV N° 014-2016-SMV/01 Autorizan la difusión en el Portal del Mercado de Valores del

Autorizan la difusión en el Portal del Mercado de Valores del proyecto de modificación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras RESOLUCIÓN SMV Nº 014-2016-SMV/01 Lima, 10 de junio de 2016 VISTOS: El Expediente Nº 2016022988 y el Informe Conjunto Nº 452-2016-SMV/06/10/12 del 09 de junio de 2016, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación
Autorizan la difusión en el Portal del Mercado de Valores del proyecto de modificación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras
RESOLUCIÓN SMV Nº 014-2016-SMV/01
Lima, 10 de junio de 2016
VISTOS:

El Expediente Nº 2016022988 y el Informe Conjunto Nº 452-2016-SMV/06/10/12 del 09 de junio de 2016, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto de norma que modifica el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley Nº 29782, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores;

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5º de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales o jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, resulta conveniente modificar la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, la cual regula a los Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles, a fin de precisar que, cuando el objetivo de inversión del Fondo, total o parcial, sea la construcción de bienes inmuebles, dicha actividad debe realizarse necesariamente a través de un tercero; y, 589383 NORMAS LEGALES
Domingo 12 de junio de 2016
El Peruano / Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1º
y el literal b) del artículo 5º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; la Resolución SMV Nº 014-2014-SMV/01, que aprueba la política sobre publicidad de los proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, y por el numeral 2 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; así como a lo acordado por el Directorio en su sesión del 10 de junio de 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la difusión del proyecto de modificación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras.

Artículo 2º.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315- Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRFI@smv. gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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