7/12/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 061-2016-SANIPES-DE Aprueban el Reglamento Interno del

Aprueban el Reglamento Interno del Servidor Civil - RIS del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA SANIPES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 061-2016-SANIPES-DE Surquillo, 11 de julio de 2016 VISTOS: El Informe Nº 096-2016-SANIPES/URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando Nº 1814-2016-SANIPES/OA de la Oficina de Administración; el Informe Nº 052-2016-SANIPES/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 410-2016-SANIPES/OAJ
Aprueban el Reglamento Interno del Servidor Civil - RIS del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA SANIPES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 061-2016-SANIPES-DE
Surquillo, 11 de julio de 2016
VISTOS:

El Informe Nº 096-2016-SANIPES/URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando Nº 1814-2016-SANIPES/OA de la Oficina de Administración; el Informe Nº 052-2016-SANIPES/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 410-2016-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30063, se creó el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), estableciendo en su Única Disposición Complementaria Transitoria que en tanto se implemente el régimen del Servicio Civil dentro del SANIPES, éste se encontrará regido conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), el cual establece que el personal del 592730 NORMAS LEGALES
Martes 12 de julio de 2016 / El Peruano SANIPES está sujeto al régimen laboral de la actividad privada, hasta su incorporación a una normatividad legal distinta;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 061-2016-SERVIR/DE, se declara iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES);

Que, de conformidad con el artículo 129º del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil: "Todas las entidades públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los Servidores Civiles -
RIS. Dicho documento tiene como finalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento"
Que, el Reglamento Interno del Servidor Civil - RIS del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES)
tiene como objeto normar las relaciones laborales y las condiciones a las que deben sujetarse los servidores civiles del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), durante el desempeño de sus funciones, conforme a las disposiciones legales vigentes;

Que, por otro lado, el Consejo Directivo del SANIPES
tiene entre sus funciones, aprobar los instrumentos institucionales y de gestión, en el marco de los dispositivos legales vigentes, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE;

Que, el literal j) del artículo 18 del citado Reglamento establece que la Dirección Ejecutiva tiene entre sus funciones, proponer al Consejo Directivo, los Proyectos de Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Reglamento de Infracciones y Sanciones de Procedimientos Administrativos Sancionadores y otros Documentos de Gestión Institucional, para el trámite correspondiente de acuerdo a la normativa aplicable;

Que, en tal sentido, si bien la competencia de aprobar documentos de gestión está atribuida al Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), el cual a la fecha no se ha conformado, y asimismo, la Dirección Ejecutiva es el titular de la Entidad, consideramos pertinente y de necesidad institucional que el Reglamento Interno del Servidor Civil - RIS debe ser aprobado por la referida dirección, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo del SANIPES, cuando éste se instale;

Que, lo esgrimido en el párrafo precedente guarda correspondencia con el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), que señala que la Entidad goza de autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, lo cual implica que para la marcha óptima de sus decisiones institucionales, es relevante que, en el ejercicio de dicha autonomía, se apruebe el referido instrumento normativo;

Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES).

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar, el Reglamento Interno del Servidor Civil - RIS del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), el mismo que en Anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer, la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA GARCÍA BONILLA
Directora Ejecutiva

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