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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0399-2016-MINAGRI Declaran como prioridad sectorial la sostenibilidad de
7/25/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0399-2016-MINAGRI Declaran como prioridad sectorial la sostenibilidad de
Declaran como prioridad sectorial la sostenibilidad de la actividad agraria en los departamentos de Huancavelica e Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0399-2016-MINAGRI Lima, 21 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover la ampliación de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigación y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria, en coordinación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0399-2016-MINAGRI
Lima, 21 de julio de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover la ampliación de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigación y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria, en coordinación con los sectores e instituciones que corresponda, según lo establecido en el sub numeral 6.2.4 del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048;
Que, en virtud de dicha atribución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, aprobado por Decreto Supremo Nº 127-2014-EF y sus modificatorias, que regulan las Asociaciones Público Privadas, este Ministerio, mediante Oficio Nº 689-2015-MINAGRI-DM, remitió a PROINVERSION la opinión de consistencia y prelación a la Iniciativa Privada Cofinanciada (IPC) del "Sistema de Afianzamiento Hídrico en el Valle de Ica" priorizada por dicho sector;
Que, mediante Oficio Nº 4643-2016-EF/63.01 la Dirección General de Inversión Pública el Ministerio de Economía y Finanzas remite a PROINVERSION los Contenidos Mínimos Específicos para la elaboración del Estudio de Pre Inversión de la Iniciativa Privada Cofinanciada "Sistema de Afianzamiento Hídrico en el Valle de Ica";
Que, mediante la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se creó el Fondo de Promoción del Riego en la Sierra -
Mi Riego, a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego.
Dicho Fondo está orientado a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura del uso de los recursos hídricos con fines agrícolas, con mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país, en poblaciones ubicadas por encima de los 1, 000
metros sobre el nivel del mar;
Que, por Decreto Supremo Nº 002-2013-AG y modificatoria Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI, se aprobó el "Reglamento del Fondo de Promoción del Riego en la Sierra - MI RIEGO" y conforma el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Comité Técnico MI
RIEGO", adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, en ese contexto, resulta necesario declarar como prioridad sectorial de la actividad agraria en los departamentos de Huancavelica e Ica, como elemento indispensable para el desarrollo económico birregional;
594445 NORMAS LEGALES
Lunes 25 de julio de 2016
El Peruano / así como priorizar, mediante financiamiento a través del Fondo Mi Riego los proyectos de inversión pública que contemplen obras de infraestructura hidráulica en el departamento de Huancavelica, que contribuyan al desarrollo agrícola y reducción de los niveles de pobreza;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego y el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar como prioridad sectorial la sostenibilidad de la actividad agraria en los departamentos de Huancavelica e Ica, como elemento indispensable para el desarrollo económico birregional.
Artículo 2.- El Ministerio de Agricultura y Riego coordinará con los Gobiernos Regionales de Huancavelica y de Ica la priorización y ejecución de iniciativas de inversión privada y proyectos de inversión pública que tengan por objeto el desarrollo de infraestructura hidráulica en zonas altoandinas o el afianzamiento hídrico de alcance birregional, con el objeto de propiciar la generación de negocios agrarios e implementación de corredores económicos.
Para tal efecto, constitúyase un Grupo de Trabajo encargado de:
a) Identificar oportunidades de inversión pública o privada, de alcance birregional b) Coordinar y monitorear el desarrollo de estudios de iniciativas privadas o proyectos de inversión pública de alcance birregional c) Impulsar, coordinar y supervisar la ejecución de proyectos de alcance birregional;
d) Formular recomendaciones.
El Grupo de Trabajo estará conformado por nueve (09)
integrantes: uno acreditado por el Ministerio de Agricultura y Riego, cuatro por el Gobierno Regional de Huancavelica y cuatro por el Gobierno Regional de Ica.
Artículo 3.- El Ministerio de Agricultura y Riego priorizará, mediante financiamiento a través del Fondo Mi Riego, los proyectos de inversión pública que contemplen obras de infraestructura hidráulica en el departamento de Huancavelica, que sean formulados por el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales.
Artículo 4.- El Ministerio de Agricultura y Riego promoverá la ejecución de proyectos de inversión pública en el departamento de Huancavelica, con financiamiento y participación del sector privado bajo los alcances de la Ley 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado (obras por impuestos).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
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