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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2016-MINAM Aprueban el "Plan de Prevención y Mejoramiento de la
7/12/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2016-MINAM Aprueban el "Plan de Prevención y Mejoramiento de la
Aprueban el "Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2016-MINAM Lima, 8 de julio de 2016 Vistos, los Informes Nº 001-2016-MINAM/VMGA/ DGCA/CMBS/ST y Nº 002-2016-MINAM/VMGA/DGCA/ CMBS/ST de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2016-MINAM
Lima, 8 de julio de 2016
Vistos, los Informes Nº 001-2016-MINAM/VMGA/ DGCA/CMBS/ST y Nº 002-2016-MINAM/VMGA/DGCA/ CMBS/ST de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, de conformidad con el artículo 56 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se determina que la Autoridad Ambiental Nacional la constituye el Ministerio del Ambiente - MINAM;
Que, el artículo 34 de la Ley Nº 28611 establece que el MINAM coordina con las autoridades competentes, la formación, ejecución y evaluación de los planes destinados a la mejora de la calidad ambiental o la prevención de daños irreversibles en la zona vulnerables o en las que se sobrepasen los Estándares Nacional de Calidad Ambiental, y vigila, según sea el caso, su fiel cumplimiento;
Que, de acuerdo al artículo 3 del mencionado Decreto Legislativo, el objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; teniendo como uno de sus objetivos específicos, asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 288-2014-PCM se crea la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar y proponer el Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura;
Que, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema señala como principales funciones de la comisión elaborar y proponer el Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial emitida por el Ministerio del Ambiente; así como la estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura, para complementar esfuerzos con el "Comité de Gestión de la Zona Marino Costera de la Provincia de Sechura";
Que, según el artículo 9 de la Resolución Suprema Nº 288-2014-PCM, el Informe Final de la comisión contendrá la propuesta de Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura, así como la estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del mencionado Plan;
dicho informe debe ser presentado ante el Ministro del Ambiente para su evaluación y aprobación;
Que, con Oficio Nº 135-2016/GRP-450000, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Piura comunica, en su calidad de copresidente de la comisión, la validación del proceso y propuesta de "Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura" y "Estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura";
Que, asimismo, mediante Acta de fecha 20 de junio de 2016, el pleno de la Comisión Multisectorial encargada de elaborar y proponer el Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura acuerda manifestar su conformidad respecto al plan y su estrategia de implementación, proponiendo al Ministro del Ambiente la respectiva aprobación de tales documentos;
Que, de acuerdo a los informes del visto, emitidos por la Dirección General de Calidad Ambiental, en su calidad de Secretaría Técnica de la mencionada comisión multisectorial, se ha culminado con la revisión del plan de prevención y su estrategia de implementación, contando con la conformidad del pleno de la comisión con el desarrollo de la cuarta reunión, conforme a lo expuesto en el considerando precedente, dando cumplimiento a la 592724 NORMAS LEGALES
Martes 12 de julio de 2016 / El Peruano Resolución Suprema Nº 288-2014-PCM; por lo que, se debe emitir la resolución correspondiente;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General, la Dirección General de Calidad Ambiental y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura", que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Aprobar la "Estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura", que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
La presente resolución y sus Anexos son publicados, asimismo, en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
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