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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 535-2016/MINSA Disponen la publicación en el Portal Institucional del
7/30/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 535-2016/MINSA Disponen la publicación en el Portal Institucional del
Disponen la publicación en el Portal Institucional del proyecto de "Reglamento de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS del Sector Salud" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 535-2016/MINSA Lima, 26 de julio del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-068929-001, que contiene la Nota Informativa Nº 108-2016-DIGEPRES/MINSA y el Informe Nº 149-2016-DISS-DIGEPRES/MINSA, de la Dirección General de Prestaciones de Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 535-2016/MINSA
Lima, 26 de julio del 2016
Visto, el Expediente Nº 16-068929-001, que contiene la Nota Informativa Nº 108-2016-DIGEPRES/MINSA y el Informe Nº 149-2016-DISS-DIGEPRES/MINSA, de la Dirección General de Prestaciones de Salud del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, se establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, y según lo dispuesto en la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud;
Que, el artículo 94 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, señala que la Dirección General de Prestaciones de Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de formular, proponer, dirigir la implementación, supervisar y evaluar la política sectorial en materia de organización, funcionamiento y gestión de los servicios de salud;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2006-SA se aprobó el Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, con el objeto de establecer los requisitos y condiciones para la operación y funcionamiento de dichos establecimientos, orientados a garantizar la calidad de sus prestaciones, así como los mecanismos para la verificación, control y evaluación de su cumplimiento;
Que, desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 013-2006-SA a la actualidad se han producido diversos cambios normativos relevantes en el sector salud, que hacen necesaria la aprobación de una disposición normativa que reglamente el funcionamiento de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -
IPRESS;
Que, en ese sentido, mediante el documento del Visto la Dirección General de Prestaciones de Salud señala que se ha concluido con la elaboración del proyecto de "Reglamento de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS del Sector Salud";
Que en ese sentido, resulta conveniente publicar el proyecto de "Reglamento de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS del Sector Salud", en el portal institucional del Ministerio de Salud, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Prestaciones de Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud;
De conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 13 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud efectúe la publicación del proyecto de "Reglamento de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS del Sector Salud", su proyecto de Decreto Supremo aprobatorio y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en el enlace Documentos en Consulta: http:// www.minsa.gob.pe/index.aspfiop=10, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Prestaciones de Salud, el procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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